Excedencia por guarda legal

Ayuda por favor.
Trabaje en una empresa relacionada con grandes almacenes como profesional, después de 7 años trabajando me acogí a una excedencia por paternidad de dos años para estar más alcuidado de mi hijo, a los 15 días de estar en excedencia me surgió un trabajo de comercial totalmente compatible con los cuidadosde mi hijo ya que lo más importante era no separarme de un tf móvil, en el cual e estado trabajando 20 meses.
A hora quiero volver a mi antiguo trabajo ya que los dos años de excedencia que solicite están a punto de cumplir, mandé por burofax la solicitud de reincorporación y me han contestado con acuse de recibo que lo han recibido pero que a la mayor brevedad les mande mi vida laboral.
Me dicen verbalmente que cuando uno pide una excedencia por cuidado de hijos no pueden trabajar en ese periodo ya que la empresa lo puede sancionar incluso con el despido.
¿Es esto así?
¿Pueden despedirme sin más acogiéndose a esto?
¿Puedo negarme a mandarlela vida laboral?
¿Qué puedo hacer?
Yo pensaba que una excedencia era la interrupción de un trabajo por un periodo de tiempo establecido, y como tal uno podría trabajar en otras empresas siempre y cuando no fuese con la misma categoría profesional, ni en una empresa de la competencia, y em mi caso esto siempre lo respeté.
Espero que me puedas dar luz en este camino de pesadillas.
Saludos.

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Este es un tema controvertido al no gozar unanimidad de solución. En este sentido, una posición mantenida por algunos Tribunales del Orden Social es que el trabajador en excedencia por cuidado de hijos no impide que pueda prestar servicios para una empresa distinta, que por sus características, ubicación, horario, jornada pueda interesar más al trabajador, ni tampoco impide que se dedique al desempeño de funciones como administrador de una entidad de la que es socio. Sin embargo, desde el punto de vista de la negociación colectiva, determinados Convenios Colectivos prohíben durante la excedencia la prestación de servicios que supongan concurrencia desleal, perdiendo así el derecho de reingreso. Otros prevén la pérdida del derecho al reingreso automático, si durante la excedencia se realizan trabajos remunerados por cuenta ajena o habituales por cuenta propia.
No obstante, la doctrina mantiene la posibilidad de dedicarse a otra actividad en el período de excedencia dentro de los límites razonables. Por tanto, hay que tener en cuenta que la excedencia no significa de forma rigurosa la unión inseparable de la dedicación al hijo con la presencia física del padre o madre. El padre o madre en excedencia pueden atender el cuidado del niño a través de empleadas de hogar o servicio de guarderías, siendo plenamente compatible con el derecho a disfrutar de la excedencia por cuidado de hijos. Sin embargo, "si debe requerir esta excedencia la presencia física del trabajador al lado de su hijo durante un número razonablemente importante de horas al día, a fin de contribuir a un mejor desarrollo psicológico o educativo de éste.
Lo que sí que está clarísimo es que no tienes NINGUNA obligación de presentarles tu vida laboral, en ningún caso a ninguna empresa. Para empezar te ampara la ley de protección de datos, ya que se trata de datos personales.
Como la reincorporación en excedencia por hijo es obligatoria y tú la has solicitado pero no se produce, lo que procede no es ponerse a discutir con la empresa ni menos aún hacerles su trabajo. Lo que procede es ponerles una demanda por despido improcedente (20 días hábiles de plazo desde que recibiste la respuesta) y ya discutiréis en el juzgado, pero por lo menos la discusión será delante de un juez y lo que el diga en la sentencia será vinculante.
Muchas gracias por aclararme un poco las ideas y sobre todo por la rapidez que me has contestado. Solo me queda una pregunta,¿seria positivo que les mandase la vida laboral como acto de buena fe? O ¿Podrían utilizarlo en mi contra?
Gracias de antemano
No sería positivo en absoluto, en mi opinión y por supuesto podrían utilizarlo en tu contra. Al contrario, que te la hayan pedido es negativo para ellos, porque te piden algo a lo que no tienen derecho. Al final el juez es una persona y dictará sentencia en función de la impresión que se lleve el día del juicio. No tiene tiempo para otra cosa.

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