¿Complemento de calidad o antigüedad?
Trabajo en un Centro Especial de Empleo como contable, y tengo discapacidad visual. El objeto fundamental de este centro es la formación e integración laboral de personas con discapacidad intelectual, y mi contrato es de régimen general, y no de fomento del empleo para personas con discapacidad. Al llegar el tercer año de relación laboral, me han aplicado el complemente de calidad en lugar del primer trienio de antigüedad. Mi pregunta es si debe aplicárseme uno u otro, ya que yo entiendo que mi relación con la empresa no es la de un trabajador discapacitado.
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Respuesta de bergenz
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