Antigüedad del convenio Publicidad

Estoy trabajando desde Marzo de 2007 en una empresa acogido al convenio colectivo estatal para empresas de publicidad. En febrero de este año este convenio se modifico suprimiendo los trienios del mismo y cambiándolo por un complemento "ad persona" (articulo 27). En Marzo de este año debía percibir mi primer trienio pero debido a este cambio no he percibido nada en mi nomina. Entiendo leyendo el Articulo 27 de la nueva revisión del convenio que desde Febrero no se contabiliza más los meses para trienios, pero ¿qué ocurre con los meses anteriores a Febrero? ¿No deberían haberlos consolidado como "antigüedad consolidada"?

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Sí. Estos complementos ad personan sirven para que los que estaban cobrando antigüedad la sigan cobrando. Por tanto si te la han quitado reclámalo. Lee este artículo sobre cómo cobrar lo que te debe la empresa de nóminas, liquidación, indemnización...
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En realidad en mi nomina nunca puso el concepto antigüedad ya que no llegue al trienio, mi pregunta es si los meses desde Marzo de 2007 a Febrero de 2010 debían haberlos consolidados o no.
Si el día que generaste el derecho al trienio (el día que hacías 36 meses en la empresa, contados desde tu primer día de trabajo) ya estaba publicado en el Boletín Oficial correspondiente tu nuevo convenio entonces no tienes derecho, aunque hemos conocido convenios en los que se regula esa situación de los que están a punto de conseguirlo. Si en el tuyo no dice nada de eso, entonces sentimos decirte que no tienes el trienio. Pero tienes que mirar los días exactos.

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