Preaviso de fin de contrato por obra y servicio

Estoy contratado por una Consultora Informática "desde 23/04/2007 hasta fin de obra", como figura textualmente en el contrato (desde hace 18 meses). Por el cliente se que el proyecto termina el 31/10/2008 (faltan 23 días) y he preguntado a mi Consultora sobre el preaviso que debe enviarme, y me han dicho que no es obligatorio. ¿Es esto cierto? Para más información, en una cláusula de mi contrato figura lo siguiente "Asimismo le será de aplicación lo dispuesto en el Convenio Colectivo de CONSULTORAS DE INFORMÁTICA".
   Gracias por cualquier ayuda que puedan darme sobre este tema.

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Al ser un contrato de obra que ha durado más de un año te tienen que preavisar con 15 días. Si no lo hacen (no seas tonto y no digas nada) te tendrán que pagar 15 días de indemnización en el finiquito, aparte de los 8 días por año por fin de contrato temporal y de lo que te deban de vacaciones y pagas extras del 2008.
Pero también tienes que mirar la posibilidad más que probable de que tu contrato esté en fraude. Si no especifica claramente el proyecto que estás haciendo y tus funciones dentro del mismo, está en fraude. Si las especifica pero has trabajado en otros proyectos aparte de en ese también está en fraude. Si incumple las reglas del contrato por obra que diga en la ley o en tu convenio también está en fraude. Si está en fraude una no renovación equivale a un despido improcedente, que se paga con indemnización de 45 días por año (en ese caso no cobrarías los 15 días de preaviso y los 12 que te tocan por fin de contrato temporal). En resumen demanda por improcedente. Tendrán que indemnizarte o readmitirte. La indemnización sería de 68 días en tu caso, aparte de los salarios de tramitación, que cobrarías tanto si te indemnizan como si te readmiten.
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