Movilidad Funcional: ¿Tengo derechos?

Trabajo por una multinacional de la Comunidad de Madrid que se ocupa también de la creación de páginas web desde septiembre 2007. Mi convenio es el de Oficinas y despachos.
Empecé como "asistente técnico jr" con categoría de Operador 1, y mis tareas eras esencialmente de asistencia en el solucionar incidencias. El 27 de mayo de este año, pero, me movieron en el grupo donde se gestionan los proyectos y en todo este tiempo mis tareas han sido las de un proyect/product manager y tuve que reportar directamente al team leader o al jefe de departamento.
El único cambio en mi contrato ha sido la descripción del puesto en "consultor de proyecto", aun que mi categoría sigue la de operador 1, que no tiene nada a que ver con la de consultor ni con lo que hago. Tampoco he recibido alguna comunicación del cambio de puesto: simplemente lo he visto escrito en la nomina.
He hablado con mi jefa que promete mucho pero no ha todavía hablado con sus superiores ni con RRHH porqué están reestructurando el departamento y quiere esperar la nueva estructura. Mi miedo es que con la nueva estructura vuelvan a meterme en un puesto menos importante donde no pueda pedir ninguna subida de sueldo.
No tenemos comité de empresa (aun que tendremos que tener uno, dado las dimensiones de la empresa) y me siento completamente desprotegido. Además, las responsabilidades del trabajo y la continua tomadura de pelo me están estresando bastante.
¿Se trata de movilidad funcional la mía? ¿Tengo derechos y que puedo hacer?

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Se trata de movilidad funcional si es temporal, por el tiempo imprescindible y a causa de un imprevisto. Si no, se trata de modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo, y se te ha de dar por escrito, y con 30 días de antelación. Ante este incumplimiento puedes denunciarlo y la modificación será nula y sin efecto, pero para ello primero has de reclamar que te lo hagan por escrito, aunque sea mediante otro escrito.
Si las funciones son de categoría superior te han de pagar la diferencia, y consolidarte la nueva categoría a los 6 meses, si es inferior, te han de mantener lo que tienes.
Así pues tus derechos son de exigir que se cumplan los tramites del art 41 del estatuto, comunicando las causas y fecha de efectividad por escrito con 30 días de antelación al menos, y si quieres puedes no aceptar el cambio y rescindir tu relación laboral con una indemnización de 20 días por año y derecho a paro.
Gracias por la respuesta pero no me quedan claros unos puntos.
Mi cambio de funciones no ha sido causa de un imprevisto si no de una modificación de la estructura del departamento.
Estoy encantado con mis nuevas funciones, es decir que me gusta tener más responsabilidades y por eso quiero aceptar el cambio y pero tener una categoría adecuada.
Lo que preguntaba es si en mi condición efectiavmente estoy desarrollando fusiones que no tienen a que ver con mi categoría y como pedir la diferencia de sueldo y la nuva categoría. ¿A quién lo pido? ¿Es necesaria la carta de la empresa para pedir el ascenso?
En ese caso has de comprobar el convenio y ver la remuneración del puesto que estás ocupando. La ley dice que te paguen la diferencia, por lo que si el puesto actual es mejor pagado, se lo comunicas a recursos humanos para que te vayan abonando la diferencia mensualmente. Por defecto ya les corresponde hacerlo, así que no hay que dar escritos, pero si se han despistado, o se niegan, obviamente tendrás que hacer una reclamación ya que te corresponde esa diferencia.
Primero asegurate que en el convenio se estipula una remuneración superior ya que eso es lo que manda.

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