Devolución de honorarios

Tuve un juicio por cierre de la empresa, y todo termino bien; bueno hasta hora pues después de cobrar de FOGASA el Inem me reclamo la devolución de lo cobrado y todo asustado acudí de de nuevo al abogado:
Este hizo un recurso, el caso que para terminar con el follón devolví los 4000 euros que me pedía y fin. Pero cual es mi sorpresa que recibo una factura del abogado por 232 euros por el recurso.
Mi pregunta es ya que las cosas están así puedo exigirle la devolución del 15% que me cobro de esos 4000 euros.

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En los casos en los que los recursos no son ganados por la parte que realiza el recurso, a el abogado o graduado social le correspondería dicha minuta, pues la no aceptación del recurso no implica la exención del abono de las minutas del mismo, es decir, que el recurso que realizó tu abogado, en principio, debe ser pagado.
Ahora bien, si no estás conforme con la cantidad que él te ha facturado, (este supuesto si es posible, su exención o rebaja de la minuta), puedes impugnar la minuta que el abogado te ha facturado, por no estar de acorde con el importe del mismo.
Espero haberte ayudado, si necesitas alguna aclaración, puedes realizármela. Si la respuesta ha sido de tu agrado.
Tienes razón los trabajos se pagan . Pero yo creía que este recurso iría ligado al tema del despido anterior.
Y aclaro un poco más mi pregunta del echo anterior, osea del cobro de los salarios de tramitación que he tenido que devolver porque la ley cambio en el 2007 y el no se enteró (o no lo explico) me tendría que devolver los 550 euro que me cobró.
Y el recurso no fue tal sino un escrito al INEM explicando que no estábamos de acuerdo con la devolución y aque artículos nos acojiamos.
Pero sobre todo saber si me tendría que devolver los 550; aunque me cobre los otros 230 de este ultimo .
Gracias y perdona por el tostón
En ese caso, después de leer tu aclaración, y saber, que el recurso, no fue tal, si no un mero escrito al INEM ( Debes diferenciar si fue un mero escrito o un recurso, ya que algunos escritos dirigidos al INEM sí tienen la consideración de recurso, como los que agotan la vía administrativa), es decir, si tu abogado realizó un "petitum" o una petición en el escrito, con un trasfondo jurídico de recurso, si tendría la consideración de recurso.
Referente a lo que comentas, si tu abogado, consideras, que obró de mala fe o negligencia en cuanto a que no te informó de los cambios legislativos, yo de ti, impugnaría la minuta, y presentaría la pertinente queja ante el colegio de abogados de tu provincia, y esperaría a la resolución de lo que te he indicado, para, si dado el caso, tu abogado decide no facturarte esa cantidad y llegáis a un "acuerdo". (En el 90% de las quejas planteadas ante el Colegio de Abogados, se obtiene una respuesta, de todos los colegios que yo conozco, excepto el de Cádiz)
Personalmente, lo que te acabo de comentar, tiene su fundamento, pues no impugnas unas costas porque sí, si no en base a una serie de hechos que estás comentando, para que te acojas a la minuta que viene recogida en el colegio de abogados de tu provincia. Eso mismo que me has comentado a mí, dirígelo hacia las instancias que te he comentado, si tu abogado no decide retraerse en su intención de facturarte esa cantidad que no consideras ajustada. (Yo personalmente, por un recurso que no sea del de apelación, veo excesiva esa cantidad)
Nuevamente, si necesitas una aclaración, puedes planteármela.
Si la respuesta ha sido de tu agrado.
Gracias eso era lo que quería saber si esos cobros que ya ha realizado pudieran ser devueltos (pues no tengo plena posesión de la verdad) ya que los daba por pagados y si no me reclaman los 200 siguientes no lo hubiera hecho.
Muchas gracias por vuestra ayuda y os animo a seguir ayudando a la gente.
Repito muchas gracias

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