Denegación de horas sindicales

Pertenezco al comité de empresa de una empresa de telemarketing subcontratada por la Generalitat de Cataluña para atender llamadas de emergencias. Somos 4 delegados, y tenemos cada uno 20 horas sindicales cada mes. Nosotros con una antelación de un mes informamos a la empresa de que el mes siguiente, ciertos días, haremos uso de 20 minutos por día para realizar tareas de comité. Te informo de que somos 12 personas por turno, en resumen que el servicio no queda descubierto porque yo abandone la sala 20 minutos por día. La empresa desde un principio se ha negado a ello, y nos ha dejado muy claro que nos prohíbe hacer eso. Mi pregunta es la siguiente. ¿Puede la empresa negarnos fraccionar horas sindicales y hacer uso de ellas alegando siempre "por organización del servicio" cogernos dichas horas? Solo nos permiten coger las horas sindicales cuando son en días completos de 8 horas. Este tema lo llevamos a inspección y la misma inspectora nos dijo que no había nada claro respecto a esto, y que en teoría, lo único que obliga la ley es a preavisar, que es lo que estamos haciendo y con un mes de antelación. Consideramos que debe ser la empresa la que en un mes se reorganice el servicio y active guardias o recoloquen gente para que nosotros podamos hacer uso de nuestras horas sindicales. ¿Es así? ¿Qué podemos hacer? Estamos seguros que si la empresa nos lo prohíbe, alegarán desobediencia y seguramente nos sancionarán...

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1- Las horas sindicales no se "solicitan" sino que se preavisan (no es necesaria ninguna antelación) y luego se justifican.
2- Eres tú quien decide cómo se distribuyen. Puedes fraccionarlas como quieras.
3- Es problema de la empresa el asegurar la viabilidad de su servicio.
Tú no tienes que ponerte las horas cuidando de que el trabajo quede hecho.
¿La
empresa os lo ha negado por escrito? Si no lo han hecho es porque saben
que no pueden hacerlo. Y si lo han hecho da igual. La inspectora
simplemente no ha querido darte la razón porque como ella bien dice,
solo hay que preavisar. Además en caso de problemas quien decidirá será
un juez, no la inspectora, que aquí no pinta nada. Por tanto:
Prreaviso, y si no se niegan por escrito cumples con las horas
preavisadas. Si te despiden demandas por despido nulo por conducta
antisindical.
Quizá sería mejor que te cogieras
Todas las horas juntas y faltaras al trabajo por días por mes. Esos días
puedes ir al sindicato a colaborar y ellos te harán el justificante.
Muchas gracias por tu respuesta. Entonces solicitaremos la negativa por escrito, a aparte quería comentarte que en la resolución de la inspección que les pusimos pone:
"En cuanto al uso del crédito horario del art.68 del ET sólo hace mención a la existencia del mismo, pero al tratarse de un permiso especial, por la jurisprudencia no se requiere nada más que el aviso al empresadio, quién está obligado a concedérselo, salvo circunstancias extraordinarias (ST 12-2-90) como puede ser un aumento de trabajo, en el que la denegación por necesidades del servicio no se considera arbitraria ni contraria al a libertad sindical. En virtud de lo indicado pueden hacer uso de sus horas en función de sus necesidades de representación siempre que lo avisen a la empresa".
Como ya te comenté nosotros damos el aviso a la empresa con un mes de antelación, pero la empresa no se organiza... por lo que acaban siempre denegandonos y amenazándonos... alegando que no podemos abandonar la sala porque hay exceso de trabajo... y claro... como demostramos nosotros que eso no es cierto (que no lo es)... en fin haremos lo que me dices... gracias y saludos
Disculpa una cosa... he leído en alguna parte que hay unas sentencias en cuanto al fraccionamiento de horas sindicales "Es al representante a quien corresponde decidir si utiliza el crédito por horas o por jornadas completas y cualquier injerencia empresarial en dicha materia constituye un atentado contra la libertad sindical al mediatizar el libre ejercicio de su actividad representativa, según se recoge en diferentes sentencias, entre otras, TCT 23-11-87 y TSJ de Madrid de 7-4-¿93" podrías decirme como hago para encontrar estas sentencias? He buscado por internet y no hay manera. Disculame. Y gracias
Te estás haciendo la pincha un lío y complicándote la vida. Tú no tienes que demostrar a la empresa ni en el juzgado que no puedas abandonar tu trabajo. Todo lo contrario, sería la empresa la que tendría que demostrar que no puedes hacerlo porque hay circunstancias extraordinarias, y por supuesto si te lo hubieran comunicado previamente por escrito, y en ese escrito tendrían que decir con todo detalle que circunstancias extraordinarias son esas. Tampoco tienes que darle clases de derecho a tu empresa ni enseñarles sentencias. Una clase de derecho de pago (la cobrarás tú en forma de salarios de tramitación) se le dará el juez si te despiden y demandas por despido nulo.
Te vuelvo a repetir que des tu preaviso y ya está. No tienes que hacer nada más y la resolución de inspección de trabajo te lo confirma.
je je ok ok! Pues entonces me lo pones fácil... de todos modos disculpa mi ignorancia y permíteme que te haga una ultima pregunta sobre como tendríamos que proceder los delegados sindicales... o sea nosotros pedimos las horas con un mes de antelación, y por ejemplo si yo en el mes que viene trabajo 18 días, yo cada día digo que me quiero coger 20 minutos (ya que no disponemos de centro de reunión, y las consultas con los compañeros se hacen en el pasillo, porque nos tienen prohibido hablar de etemas sindicales en sala... para hacer llamadas, fotocopias etc) entonces, llega ese mes y yo el primer día aviso a mi supervisor de que ese día habrán 20 minutos que saldré de sala (dejando a otras 13 personas cogiendo llamada) vamos que el servicio no queda descubierto... y supervision me dice que no puedo (porque recibe ordenes de los jefes de que no salgamos de sala) mi pregunta es... si yo me cojo mis horas y salgo de sala, me pueden sancionar por desobediencia, y pegar bronca a supervision ( que a parte de supervision es mi amigo y me sabría mal) y si no lo hago... pues voy dejando que la empresa nos pisoteen como han hecho hasta ahora... y se salen con la suya... si puedes aconsejarme que hacer... y ya no te molesto más :) muchas gracias.
Como poder sancionarte pueden hacerlo, o incluso despedirte, pero tú recurrirías contra esa sanción o despido con la prueba del preaviso (que debes tener firmado con un recibí) de horas sindicales y ganarás.
Ok todo clarísimo... a la mínima duda que tenga sobre cualquier otro tema, si no te importa me tomaré la libertad de preguntarte directamente a ti. Muchas gracias y un saludo.

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