Denegación de horas sindicales
Pertenezco al comité de empresa de una empresa de telemarketing subcontratada por la Generalitat de Cataluña para atender llamadas de emergencias. Somos 4 delegados, y tenemos cada uno 20 horas sindicales cada mes. Nosotros con una antelación de un mes informamos a la empresa de que el mes siguiente, ciertos días, haremos uso de 20 minutos por día para realizar tareas de comité. Te informo de que somos 12 personas por turno, en resumen que el servicio no queda descubierto porque yo abandone la sala 20 minutos por día. La empresa desde un principio se ha negado a ello, y nos ha dejado muy claro que nos prohíbe hacer eso. Mi pregunta es la siguiente. ¿Puede la empresa negarnos fraccionar horas sindicales y hacer uso de ellas alegando siempre "por organización del servicio" cogernos dichas horas? Solo nos permiten coger las horas sindicales cuando son en días completos de 8 horas. Este tema lo llevamos a inspección y la misma inspectora nos dijo que no había nada claro respecto a esto, y que en teoría, lo único que obliga la ley es a preavisar, que es lo que estamos haciendo y con un mes de antelación. Consideramos que debe ser la empresa la que en un mes se reorganice el servicio y active guardias o recoloquen gente para que nosotros podamos hacer uso de nuestras horas sindicales. ¿Es así? ¿Qué podemos hacer? Estamos seguros que si la empresa nos lo prohíbe, alegarán desobediencia y seguramente nos sancionarán...
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Respuesta de joseaf2
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