1-) Los inspectores de trabajo se pasaran por la empresa para constatar que existe un vinculo laboral entre tu y la empresa y para verificar la veracidad de lo que denuncias algo que se encargaran de verificar los inspectores mediante cualquier tipo de prueba, por eso seria bueno que te informaras en la inspección se trabajo del día en el que se van a poder pasar por la empresa, para que se pasen en el momento en el que estés trabajando mas horas de las establecidas para la jornada laboral..
2-) Si no eres capaz de acreditar las irregularidades laborales que la empresa lleva a cabo contigo, lo único que puede pasar es que cuando te vuelvan a mandar meter mas horas de las establecidas te limites a trabajar unicamente las horas acordadas en tu contrato de trabajo, o las horas extras que estén dispuestos a pagarte y que tu quieras trabajar porque que las horas extraordinarias solamente son de obligado cumplimiento cuando así se establecen porque hayan sido pactadas en el convenio colectivo por los representantes de los trabajadores y de los empresarios o cuando son por fuerza mayor, y siempre que sean o remuneradas o compensadas con días de descanso..
3-) Si te cambian cada dos por tres de horario o de jornada laboral, te lo tienen que notifica por escrito con 15 días de antelación, explicándote las causas del cambio de horario y de distribución de las horas de trabajo, si no lo hace de esa forma no tienes porque aceptar ningún tipo de cambio de tus condiciones de trabajo porque se trata de una modificación de las mismas y eso solo se puede llevar a cabo bajo determinadas condiciones, no cuando a los empresarios les venga en gana.. Ademas que por ese motivo podrías solicitar rescisión del contrato de trabajo con indemnización y derecho al paro si reúnes el periodo de carencia de 360 días. Por otra parte no te pueden despedir después de demandar a la empresa ante la inspección de trabajo, ante el SMAC o ante el juzgado de lo social porque seria declarado nulo por cualquier juez porque la empresa habría vulnerado un derecho fundamental recogido en la constitución Española como es el derecho a cualquier tipo de reclamación de los derechos del trabajador o lo que es lo mismo estarías protegida por lo que se conoce como garantía de indemnidad..
4-) Si se demuestra que tienes razón la empresa tendría que respetar las condiciones de tru contrato de trabajo, pagarte las horas y atrasos que no te haya pagado y se la podría abrir un expedienta sancionador si los inspectores llegan a considerar que la empresa cometió alguna infracción.. Espero que la respuesta te sirva de ayuda.. No se te olvide finalizar la pregunta gracias..