El echo de que la empresa haya cerrado las puertas por el motivo que sea, no la inhibe se la obligación de hacer frente a las deudas contraídas con los trabajadores, por lo tanto si ya tienes la sentencia judicial y la empresa no da señales de vida y no te dan una explicación de cuando te van a pagar lo que te deben o de si no van a poder hacerlo, lo que tienes que hacer es acudir al juzgado de lo social para poner en conocimiento del juez el incumplimiento de la sentencia y solicitar la ejecución de la sentencia de esa forma el Juez procederá al embargo de los bienes de la empresa para garantizar el pago de la deuda y si los recursos de la empresa no son suficientes para hacer frente a la deuda contraída, el juez procederá a declarar la insolvencia de la empresa de forma que con esa declaración firmada por el juez, puedas solicitar al FOGASA el pago de la deuda hasta los limites establecidos por esa entidad publica, para el pago de salarios e indemnizaciones.. De todas formas en cualquier sindicato o en el mismo juzgado en la oficina del SMAC o del FOGASA te pueden informar de como tienes que proceder ante el incumplimiento por parte de la empresa de la sentencia judicial.. Espero que la respuesta te sirva de ayuda.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez .. Gracias y un saludo..
http://www.empleo.gob.es/fogasa/solicitud.html