¿Quién tiene que pagar el finiquito e indemnización de un contrato de obra y servicio?

Este mes de Enero me van a echar de la empresa en la que estoy, trabajo 3 horas y media y tengo contrato de obra y servicio. Llevo trabajando 1 año y dos meses. Deben de tener muchas deudas y creemos que a alguna trabajadora le han debido de cambiar en su contrato el nombre de empresa dejando el mio con la anterior así que parece que se declarara insolvente o algo. ¿Quién tiene que pagarme el finiquito y la indemnización? ¿Cuánto dinero me correspondería de todo ello? ¿Es obligatorio que me lo paguen? Tengo entendido que el Fogasa solo paga en contratos indefinidos.

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Tanto el finiquito como indemnización te la tiene que pagar la empresa, si en el momento de hacerse efectivo el despido la empresa no te paga, tienes que poner en el Servicio de Mediación y Arbitraje SMAC una papeleta de conciliación por reclamación de cantidad y si en el acto de conciliación no se soluciona se acude al juzgado de lo social para que sea una sentencia judicial quien obligue a la empresa a pagarte lo que te debe y si después de la sentencia sigue si pagarte tienes que solicitar la ejecución de la sentencia para que el juez ordene el embargo de los bienes patrimoniales que garanticen el pago de la deuda y si la empresa carece de recursos o son insuficientes para afrontar el pago de la deuda entonces el juez declarara la insolvencia de la empresa y es entonces es cuando con la sentencia judicial puedes acudir al FOGASA para que se hagan cargo de la deuda pero teniendo en cuenta que solamente se hace cargo de una parte de la misma como puedes ver en el enlace que te dejo a continuación.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez .. Gracias y un saludo..

Y si la empresa quiebra o cierra? muchas gracias!

Si en el momento de producirse la extinción de la relación laboral, la empresa no te paga, tienes que realizar el mismo proceso porque el FOGASA solamente se hace responsable de las deudas de las empresas en concurso de acreedores o las declaradas en situación de insolvencia por sentencia judicial,.

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