Lamentablemente el empresario está en todo su derecho de llevar a cabo esas modificaciones debido a la reforma laboral implantada este año por el PP. Me explico.
Para empezar, se ha eliminado el término de "categoría profesional" por el de "grupo profesional", esto se traduce en que el empresario tiene una mayor flexibilidad para modificar las condiciones de trabajo dentro del marco legal. Antes de la reforma, si querían cambiarte de categoría (a una inferior, con la consiguiente pérdida de salario) debía ser por necesidades perentorias o imprevisibles y por razones técnicas u organizativas, ahora han eliminado lo de las necesidades mencionadas dejando solo las razones, por lo que da al empresario la facultad de hacer y deshacer como vea conveniente y con total justificación. En cuanto a la modificación sustancial, que es lo que ha llevado a cabo la empresa, solo hace falta alegar razones económicas (a esta se ha arrimado tu jefe), técnicas, organizativas o de producción para realizar esos cambios en los que se puede variar el salario, la jornada de trabajo, el horario, etc. aunque sea para peor.
Eso sí, tienes derecho a rescindir de tu contrato percibiendo una indemnización de 20 días de salario por año trabajado con un máximo de 9 meses o no rescindirlo y si no estás conforme impugnarlo ante la jurisdicción social y si te dan la razón, volverías a la categoría anterior.
Por cierto, ¿dices qué te avisaron el viernes pasado? Ahí tu jefe no lo ha hecho correctamente pues debe avisarte mínimo con 15 días de antelación antes de hacerse efectivo el cambio. Deberías reclamar eso. ¿Y hay representantes legales de los trabajadores? Porque a ellos también hay que notificárselo a la misma vez que a ti.