Me deniegan el día de asuntos propios, me le pagan

Trabajo en una peluquería que va ha cerrar a final de mes, me van a despedir con causa objetiva y yo he pedido el día de asuntos propios, el jefe me ha dicho que no me le da porque hay trabajo, y a cambio me ha dicho que me le va ha pagar con la nomina, me lo ha presentado por escrito, según el para que tenga el justificante de que lo voy a cobrar ¿puedo fiarme? ¿Se puede negar y pagármelo?

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Por ley no pueden denegarte los asuntos propios, aunque existen algunos trabajos donde te los pueden denegar por razones del servicio, de manera razonada y por escrito.
Pero en concreto tu convenio colectivo dice:
- Apartado 28.- El trabajador previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo con derecho a remuneración por alguno de los motivos y por el siguiente tiempo:
- En el apartado 28. F .-Cuatro días de asuntos propios, que no podrán coincidir con el anterior o posterior de un festivo local, autonómico o nacional.

En resumen, no te lo pueden denegar, y esos días (max. 4) Te los tienen que pagar como si los hubieras trabajados.
A ver si me entero, ¿puedo pedir los cuatro días aun solo trabajando tres meses de este año?, yo creí que solo me correspondía la parte proporcional al igual que una persona que tiene un contrato de tres meses no podría cogerse los cuatro, de todas formas te agradecería que me dijeras cual es la ley donde dice que no me lo puede denegar, gracias de antemano
Haber, siempre es la parte proporcional, en tu caso 1 día, yo te he puesto textualmente el convenio de todas formas busca en google convenio colectivo peluquerías(estatal). Apartado 28 letra F.

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