Tramitación subsidio desempleo. ¿Problemas?

Mi situación es la siguiente:
- A finales de enero fui baja voluntaria en una empresa en la que llevaba algo más de un año.
- El 2 de febrero fui contratada en otra empresa que me va a despedir a finales de este mes (tenía contrato por 6 meses).
Mi pregunta es:
¿Tendré algún problema para poder cobrar subidio por desempleo?
¿Qué documentación me requerirán?

3 Respuestas

Respuesta
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Desde la baja voluntaria al menos deben pasar 3 meses y que la nueva relación laboral se extinga por causas ajenas a ti, como es el caso, por lo tanto si tendrás derecho a cobrar la prestación.
La empresa debe darte la carta de despido o finalización, finiquito y certificado de empresa, con esta documentación podrás solicitar la prestación desde el momento que finalicen las vacaciones cotizadas y no disfrutadas.
Aclaración:
¿Deben pasar 3 meses desde la baja voluntaria o el nuevo contrato debe durar como mínimo 3 meses?
Porque en si fuese el segundo caso, como me contrataron el 2 de febrero y finalizo el 30 de abril, no habré estado 3 meses...
Deben pasar tres meses desde la baja voluntaria.
Por lo comentado cumples con los requisitos.
Respuesta
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Lo que la ley dice es que tras"cesar voluntariamente en un trabajo no se tiene derecho a prestaciones por no estar en situación legal de desempleo. Si se trabaja después y se cesa en ese nuevo trabajo por no superar el periodo de prueba a instancia del empresario, cuando han transcurrido menos de tres meses desde la baja voluntaria del empleo anterior, tampoco se tiene derecho a prestación por desempleo por la misma razón (no acreditar situación legal de desempleo)".
"Si esta nueva relación laboral finaliza por no superar el periodo de prueba a instancia del empresario, pero han transcurrido más de tres meses desde la baja voluntaria, sí se tendrá derecho a prestación por desempleo, lo mismo que si el motivo del cese es un fin de contrato o un despido".
"No obstante, se suele realizar un análisis concreto de cada caso para determinar si hay indicios que permitan establecer de manera fundada la presunción de fraude de ley en la última contratación, por si se pretende acceder a la prestación por desempleo de forma indebida"
Por lo que comentas vas un poco justa para llegar a los 3 meses después de una baja vo-
Luntaria(por unos días), por lo que se me antoja difícil de pronosticar que puede ocurrir cuan-
Do lo solicites.
La documentación que se ha de presentar es la carta de despido o finalización del contrato
y el certificado de empresa.
Acabo de comprobar que mi periodo de prueba eran 60 días, por lo que finalizó el 2 de abril. En ese caso, sería un despido y sí tendría derecho a paro, ¿verdad? (Aunque el contrato haya durando menos de 3 meses)
¿Necesitaré el certificado de la anterior empresa?
Mil gracias!
En realidad da lo mismo si se acaba el periodo de prueba antes de los 3 meses.
Si tras cesar voluntariamente en una empresa se habrá de trabajar un mínimo de 3 meses
para poder optar a cobrar al paro acumulado y que sea despido o finalización de contrato
nunca una nueva baja voluntaria.
La ley dice 3 meses y en tu caso no llegas a esos 3 meses por días, por lo que no te puedo
decir lo que va a ocurrir.
Respuesta
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Por lo que comentas en tu carta entiendo que cuando empezaste a trabajar en Febrero que ahora te va a despedir en período de prueba (los 6 meses los acabarías el 2 de Septiembre) y me imagino que te despiden pasados los 2 meses por que el periodo de prueba será por días de trabajo efectivo. Es cierto en parte lo que comentas según el artículo 208 de la Ley General de la Seguridad Social en su apartado g) se dice que constituye situación legal de desempleo (la necesaria para cobrar el paro):
g) Por resolución de la relación laboral, durante el período de prueba, a instancia del empresario, siempre que la extinción de la relación laboral anterior se hubiera debido a alguno de los supuestos contemplados en este apartado, o haya transcurrido un plazo de tres meses desde dicha extinción.
Es decir que si acabastes tu contrato a finales de Enero a finales de Abril se cumplen los 3 meses y ya podrías solicitar la prestación.

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