Accidente, recaída e ipt

A ver si me puedes ayudar compañero,,,,,,, te explico el caso
Accidente laboral en otra empresa y mutua ... Al cabo de 3 años recaída por secuelas de ese acciednte y baja como recaída por secuela accidente anterior... Eso estando en otra empresa y mutua,, me dan el alta etcccc pero la pregunta es la siguiente... Si debido a la operación que me han realizado en esta mutua ( no la del día del accidente, si no la de la recaída ), bueno debido a la operación no seria exacto si no debido a la secuelas que puedan existir después de esta recuperación que es a consecuencia de aquel accidente pero se hace cargo la mutua nueva ya que estoy en otra empresa y mutua ... Bueno si me tienen que conceder una ipt,,, que bases cogerían para hacer el calculo... El ultimo año por ser accidente ... Pero desde cuando desde el día del accidente hace 5 años,,,,,, ¿desde el día de la recaída actual? En fin acláramelo si puedes

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A la hora de calcular una prestación, en caso de recaída, se tendrá en cuenta para el cálculo de la base reguladora las bases de cotización actuales.

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