Contratos Temporales
Hola,
Desde hace un tiempo, y más con la crisis, en mi empresa se hacen sólo contratos temporales y no sé muy bien cómo funcionan. Hay personas a las que los liquidan tras hacer un 1 año temopral y los llaman al cabo de unos meses para volver a trabajar, mientras otros en la misma situación son entonces los que no trabajan. Creo que lo normal para contratos eventuales es que el máximo sea de 6 meses en un periodo de 12, aunque mi convenio dice 12 en 18. ¿Qué significan los periodos de referencia de 12 y 18 meses respectivamente?
Si he firmado un contrato de 6 meses y prórroga de 6 meses más, ya he llegado al máximo de 12 meses. ¿El plazo de 18 significa que tendría que esperar 6 meses más para que se pudiese abrir otro "período" y poder hacer 12 meses de trabajo más?
Creo que hay una regla que dice que si tienes más de 24 meses temporal con 2 contratos en período de 30, se te hace automáticamente fijo. ¿Cómo funciona? ¿Lo tengo que reclamar a la empresa o la seguridad social lo hace directamente? De todas maneras, lo que no entiendo es que si el máximo temporal son 12 seguidos y después tengo que esperar 6 sin trabajar, por lo del límite de 18, es imposible llegar a más de 24 meses en 30, ¿no? Mis cálculos son: 12 meses trabajando + 6 sin trabajar + 12 trabajando. Así hago 24 justos en período de 30 puesto que los contratos por separado no pueden pasar de 12 y además, si, por ejemplo, en vez de descansar 6 meses lo haces 7 harías 23 de trabajo en 30 meses y ya se libran de hacerte fijo, ¿no?
¿Pueden hacer un eventual primero de 12 meses y después una obra de larga duración? ¿Y al revés? Un compañero lleva con contrato de obra -real porque está haciendo una obra concreta- 3 años y ahora se acaba y le piden que pase a temporal.
Muchas gracias de antemano por tu paciencia.
Sé que son bastantes preguntas pero estamos muy liados y no sabemos cuáles son nuestros derechos.
Desde hace un tiempo, y más con la crisis, en mi empresa se hacen sólo contratos temporales y no sé muy bien cómo funcionan. Hay personas a las que los liquidan tras hacer un 1 año temopral y los llaman al cabo de unos meses para volver a trabajar, mientras otros en la misma situación son entonces los que no trabajan. Creo que lo normal para contratos eventuales es que el máximo sea de 6 meses en un periodo de 12, aunque mi convenio dice 12 en 18. ¿Qué significan los periodos de referencia de 12 y 18 meses respectivamente?
Si he firmado un contrato de 6 meses y prórroga de 6 meses más, ya he llegado al máximo de 12 meses. ¿El plazo de 18 significa que tendría que esperar 6 meses más para que se pudiese abrir otro "período" y poder hacer 12 meses de trabajo más?
Creo que hay una regla que dice que si tienes más de 24 meses temporal con 2 contratos en período de 30, se te hace automáticamente fijo. ¿Cómo funciona? ¿Lo tengo que reclamar a la empresa o la seguridad social lo hace directamente? De todas maneras, lo que no entiendo es que si el máximo temporal son 12 seguidos y después tengo que esperar 6 sin trabajar, por lo del límite de 18, es imposible llegar a más de 24 meses en 30, ¿no? Mis cálculos son: 12 meses trabajando + 6 sin trabajar + 12 trabajando. Así hago 24 justos en período de 30 puesto que los contratos por separado no pueden pasar de 12 y además, si, por ejemplo, en vez de descansar 6 meses lo haces 7 harías 23 de trabajo en 30 meses y ya se libran de hacerte fijo, ¿no?
¿Pueden hacer un eventual primero de 12 meses y después una obra de larga duración? ¿Y al revés? Un compañero lleva con contrato de obra -real porque está haciendo una obra concreta- 3 años y ahora se acaba y le piden que pase a temporal.
Muchas gracias de antemano por tu paciencia.
Sé que son bastantes preguntas pero estamos muy liados y no sabemos cuáles son nuestros derechos.
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