Derecho a paro. Mi caso particular.

Estuve trabajando en una empresa hasta Mayo, que solicité la baja voluntaria para mediados de mes y empecé en otra empresa en la cual se me ofrecían de buen principio unas mejores condiciones laborales. Mi anterior empresa, me alargó la baja voluntaria hasta Junio para preparar unos documentos desde mi casa y como "favor personal" para la empresa, de manera que estuve trabajando la ultima quincena de Mayo en los dos sitios a la vez.
En mi actual trabajo se me ha hecho un contrato de 3 meses prorrogables desde el día 18 de Mayo, con un mes de prueba que se cumple el 18/06.
Lamentablemente este nuevo trabajo no cumple con mis expectativas, voy de mala gana a trabajar y estoy sometida a un estrés constante que me está llegando a afectar a mi vida personal, de tal manera que me planteo dejarlo, pero sé que si pido baja voluntaria no tengo prestación por desempleo y del aire no se vive...
Por otro lado, si me esperase a fin de contrato (mediados de agosto), tampoco tendría prestación por desempleo debido a que mi anterior empresa me dio de baja voluntaria a primeros de Junio y no haría aun tres meses desde ésta.
Estoy por solicitar la baja por depresión, debido a toda la presión que estoy soportando... Pero no sé que consecuencias puede acarrearme: si tendría derecho a prestación por desempleo una vez tenga el alta médica y no me renovasen (supongo que es lo más posible en estos casos).
¿Si me negara a una renovación del contrato seria baja voluntaria?

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No serías Baja Voluntaria, sería baja por finalización de contrato, nadie te puede obligar a firmar una prórroga, pero mira bien las cláusulas del contrato, ya que se puede quedar paralizado el tiempo de contrato por baja médica, y la finalización ser posterior.
En período de prueba, que según dices sería el 17 de junio, si se te dio de alta el 18 de mayo, el trabajador y la empresa puede presentar la renuncia, y el trabajador, tener derecho a paro, pero cuidado, porque con menos de tres meses pasa a inspección seguro.
Entonces si me espero al 18 de Agosto (día en que finaliza mi contrato) y no firmo la prorroga (baja por finalización de contrato) aunque no hayan pasado tres meses de mi baja voluntaria en anterior empresa (haría 3 meses el día 1 de Septiembre), sino aproximadamente 2 meses y 18 días, ¿tendría derecho a cobrar la prestación? ¿También pasaría a inspección?
Por el tema de baja laboral, en mi contrato no se especifica nada, pero pone lo siguiente, no sé si alguna ley habla de esto :
"Se regulará de acuerdo con la legislación vigente que le sea aplicable, y particularmente por los artículos 12 i 15 del estatuto de los trabajadores, por la ley 12/2001 del 9 de julio (boe 10 de julio) i el real decreto 2720/1998 del 18 de septiembre (boe 8 de enero) y con la disposición adicional novena y transitoria sexta de la ley 45/2002 del 12 de diciembre (boe 13 de diciembre) y por la ley orgánica 1/2004 de 28 de diciembre (boe 29 de diciembre) (articulo 21 apartado 3) así mismo le será de aplicación el convenio colectivo de atención a discapacitados."
Gracias
No me refería al tiempo de desvinculación de la empresa, sino al tiempo de contrato, los trabajadores podemos dejar una empresa sin tener que dar razones, y coger una baja voluntaria, e intentar mejorar nuestras condiciones. El nuevo contrato tiene fecha de inicio y fin, por tanto una vez cumplido tendrás derecho a la prestación.
Espero haberte ayudado, respecto a los artículos que citas, es cuestión de consultarlos, soy técnica laboral con 20 años de experiencia, pero no soy abogada.

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