No se a que te refieres con lo del contrato de baja de maternidad, pero si la misma preimpresa en la que estas trabajando al finalizar el contrato de trabajo te propone seguir trabajando en la misma empresa mediante la renovación del contrato de trabajo o mediante la firma de un nuevo contrato, y tu rechazas la oferta de la empresa, para el SEPE/INEM) la negativa del trabajador a renovar o a firmar un contrato de trabajo se considera un cese voluntario porque consideran que la prestación por desempleo es para los trabajadores que queriendo y pudiendo trabajar no pueden hacerlo porque no encuentran trabajo o se encuentran en el desempleo, y todo trabajador que pudiendo trabajar no lo hagan por su propia voluntad no no pueden acceder a la prestación por desempleo porque en esa situación no se encuentran en situación legal de desempleo.. Por lo tanto el que puedas acceder a dicha prestación dependerá de lo que conste en el certificado de empresa, si la extinción de la relación laboral consta a instancias del trabajador/ra en el SEPE/INEM) se deniega la solicitud para cobrar el paro, si en dicho certificado consta la extinción de la relación laboral, a instancias del empresario entonces podrás solicitar la prestación por desempleo porque en el INMEM la van a tramitar para que se pueda cobrar.. De todas formas puedes llamar a este teléfono de atención al ciudadano del SEPE para que salgas de la duda :901 119 999.. No se te olvide finalizar la pregunta para quitarla del casillero de preguntas activas