Excedencia voluntaria de un año

He pedido una excedencia voluntaria de un año, que finaliza en septiembre de 2009, y al comunicar que pretendo reincorporarme me dicen que es imposible por falta de vacantes.
La excedencia no fue por maternidad ni por cuidado de familiar, sino por estudios que me intersaban solo a mi.
He leído que la ley de igualdad del 23 de marzo de 2007 indica que tengo derecho a la reserva de mi puesto de trabajo manteniendo mi categoría. ¿Están obligados a recontratarme? En caso contrario ¿Perdería el subsidio por desempleo? Gracias...
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Lo de le ley de igualdad es sólo para excedencias por cuidado de hijo o de familiar. En tu caso sólo tienes derecho a ser reincorporado cuando haya vacante, aunque pasen mil años te la tienen que ofrecer. Pero si sabes que hay vacante ahora, o cuando la haya, y no te la ofrecen, se trata de un despido y puedes demandar por despido nulo o improcedente.
Con la carta de la negativa a reincorporarte puedes pedir el paro si tienes derecho al cobro del mismo.
Lo más gracioso es que en el sindicato de empleados de comercio, me dicen que "sí " están obligados y que la negativa de la empresa constituye un despido, que los demande. No se si creerles... he leído en internet : " Si en la normativa sectorial el reingreso no se condiciona a la existencia de vacantes, la negativa del empresario a readmitir al trabajador una vez finalizada la situación de excedencia, alegando la no existencia de vacantes equivale a un despido".

   En este año de excedencia no trabajé, pero llevaba 6 años en la empresa, ¿Con eso tengo derecho al paro? ¿O debería trabajar en otra cosa y ser despedida? Gracias...
Yote he dicho como es en la normal general (Estatuto de los Trabajadores), pero puede que en tu convenio (normativa sectorial) sí que se disponga la obligación de reincorporación o reserva de puesto en caso excedencia voluntaria. Por tanto tienes que mirar tu convenio.
Si te lo deniegan por escrito podrás pedir el paro con ese escrito. Si no te lo deniegan por escrito demándales por despido y si ganas te reincorporas, y si pierdes puedes pedir el paro con la sentencia.
No olvides finalizar.
Ahh Entonces la normativa sectorial se refiere al convenio colectivo... y ya vi el convenio pero no me favorce, parece que en el sindicato me han informado mal.
Muchas gracias por todo! Has sido muy claro..! Un saludo...

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