Despido baja maternal, empresa cambia de ciudad.

Estoy de baja, desde casi el principio de mi embarazo, porque tengo un embarazo de riesgo, y no puedo ir a trabajar.
Hace aproximadamente dos semanas, me llamaron mis compañeros de trabajo para decirme que a principios de abril mi empresa la cambian de ciudad y nos tiran a todos a la calle(mi hijo nacerá a finales de abril, principios de mayo), luego llame a mi jefe, y me confirmo que así es, pero no lo han hecho oficial aun y tampoco me hablo sobre mi caso en concreto, cuando dos semanas antes habíamos hablado hasta de mi reducción de jornada.
En ningún momento se nos ha dado la posibilidad de cambiarnos de ciudad para seguir trabajando con ellos, solo se acogen a que no nos compensa irnos por el mismo sueldo porque no tenemos ninguna ventaja, ya que es un cambio organizativo.
Yo tenia entendido, que hasta que mi hijo no tuviera 9 meses yo estaba protegida por la ley, pero no se si en esta situación todo cambia, y si tengo derecho a coger mi baja maternal, el periodo de lactancia, reducción de jornada... Etc, todo para alargar mi situación laboral, o en este caso la ley ya no nos protege.

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Lo que hay que ver es lo que os comunique la empresa cuando llegue el momento:
1- Si os comunican el traslado. Entonces vosotros sois quienes tenéis la opción de rescindir vuestro contrato (cobrando indemnización de 20 días brutos con pagas extras por año) con derecho a paro o seguir en la empresa.
2- Si os comunican un despido intentarán colar un despido objetivo (indemnización de 20 días) ante el que podréis demandar por despido improcedente (indemnización de 45 días). Lee este artículo sobre pasos a seguir en cualquier tipo de despido.
3- Si os comunican un despido improcedente directamente (indemnización 45) nadie puede hacer nada, salvo cobrarlo e irse al paro.
En tu caso, al estar embarazada o tener el hijo menos de 9 meses estás protegida contra despido improcedente, por lo que en cualquiera de los casos siempre tendrás la posibilidad de seguir en la empresa, digan lo que digan.
Gracias por la aclaración, pero una ultima duda, en el caso de que me planteen mudarme a la otra ciudad, y sea yo la que diga que no, ¿al menos tengo derecho a disfrutar de mi baja maternal? ¿Y de la lactancia? Y en el caso de que diga que si, ¿tengo derecho a algún tipo de mejora laboral? ¿O solo con ofrecerme lo mismo que cobraba aquí es suficiente? Me iría con mi hijo pero no con mi marido... Mi convenio es el del comercio del metal, pero no viene nada de esto reflejado en el.
Gracias por todo!
Lo primero es que una comunicación de traslado debe hacerse con 30 días de antelación. Entonces tú puedes aceptarlo, oponerte judicialmente a él por no haber causa justificada o bien rescindir tu contrato, pero esa rescisión será efectiva para la fecha del traslado, no para la fecha de la comunicación del mismo. En ese momento dejas de ser empleada y cobras tu indemnización y el paro igual que si te hubieran despedido (solo que la indemnización es menor). El Estatuto también dice que en caso de aceptar el traslado la empresa debe indemnizarte, pero no establece en qué cantidad. Para eso deberías calcular lo que te costaría hacer ese traslado (no sólo a ti sino a tu familia) y demandárselo judicialmente. El juez decidiría si es justo o no lo que pides. Lee este artículo sobre cómo seleccionar abogado (incluso gratis) para casos laborales.
No olvides puntuar y finalizar la pregunta.

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