Carta de finalización de contrato

A un trabajador con contrato de interinidad sustituyendo un riesgo de embarazo, ¿habría qué entregarle carta de fin de contrato? Entiendo que no al no saber la fecha en la que se la acaba el contrato, ya que no sabes cuando va a dar a luz la persona a la que sustituye. En cualquier caso me gustaría que me lo confirmasen y que se me aclarase en que contratos hay que dar carta de fin de contrato.

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Efectivamente, no tienes que preavisar la terminación del contrato, pues o bien ya aparece dicha fecha en el propio contrato o bien dicha fecha es indeterminada. Así lo dice la legislación.
Se tienen que preavisar el resto de contratos temporales de duración determinada, excepto el de interinidad.

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