Me he reincorporado hace poco de una excedencia por cuidado de hijos, tengo contrato indefinido se que han estado echando gente y me parece que la empresa esta buscando la manera de despedirme sin indemnización o con 20 días por año en vez de 45. Ademas de tener mucho cuidado para no incumplir nada y no darles motivos, ¿hay alguna forma de protegerme o dificultarles las cosas? Por ejemplo, ¿afiliarme a un sindicato me ayuda de alguna manera?
El hecho de que te afilies a un sindicato no te protege de ninguna manera ante un despido. O sea, no hay despidos nulos por el mero hecho de que estés afiliado a un sindicato. La única manera de protegerse es reduciéndose la jornada por guarda legal, eso solo te protege de un despido improcedente o por que si. Pero de todas formas si el despido es por causas objetivas y es tu puesto del que se tienen que deshacer y pueden demostrarlo si demandas pues no hay tal protección. Lo que no podrán evitar es el pago de la indemnización de 20 dias/año,salvo que hagas algo muy gordo y lo que hagas sea motivo de una sanción tan grave como el despido.
"si el despido es por causas objetivas y es tu puesto del que se tienen que deshacer y pueden demostrarlo si demandas pues no hay tal protección." disculpa pero no he entendido esta parte. Solo quiero que si me despiden me paguen los 45 días y no menos Muchas gracias.
Lo que quiero decirte es que la reducción de jornada solo te puede salvar de un despido improcedente. Es decir que en estos casos, solo puede ser procedente o nulo. Y si es procedente, la reducción de jornada no te protege de nada. Pero para que sea procedente la empresa tendrá que demostrar en el juicio cuando demandes que esas causas son ciertas(las que sean, las que de en la carta de despido). Te puede despedir por causas objetivas económicas, que la empresa va mal, para amortizar tu puesto de trabajo por que aleguen que tu puesto ya no es necesario, etc... e incluso pueden declarar que el despido es improcedente(pagándote los 45 días). Esto no les sirve de nada por que la ley dice que el despido de una trabajadora que este en reducción de jornada es nulo salvo que, en esos casos, se declare la procedencia del despido por motivos no relacionados con el ejercicio del derecho al permiso señalado(la reducción de jornada). Si están en reducción de jornada tendrás que demandar por despido nulo y entonces la empresa tendrá que demostrar que esas causas son ciertas. Sino lo hacen entonces es despido nulo y te tendrán que reincorporar pagándote todos tus salarios como si hubieras estado trabajando durante el proceso. Si demuestran la necesidad de tu despido entonces el juez les dará la razón y dirá que el despido es procedente. La indemnización en ese caso sera de 20 dias/año con un tope de 12 mensualidades. Como el despido no se ha producido y las causas que podrían alegar para despedirte pueden ser varias, yo te recomendaría que te redujeses la jornada por guarda legal, te puedes reducir el mínimo de 1/8 con la reducción proporcional del salario, que hicieses la comunicación por escrito con doble copia para que te firmen y sellen una en la empresa, sino quieren firmártela se la mandas por burofax con acuse de recibo y certificación de contenido(que significara en el momento que la reciban lo mismo que si te la fuesen firmado).