El pasado mes de julio me despidieron y me mandaron de vacaciones hasta el 30 delm mismo mes, día en el cual dejaba de prestar servicio en la empresa. Me dijeron que en vez de pasarme el viernes 31 a cobrar me pasase el lunes día 3, me dieron un cheque cruzado a mi nombre, yo firmé el finiquito ya que el importe me pareció correcto. El mismo lunes lo ingresé en el banco y me dicen que no se hará efectivo hasta el día siguiente. El martes me llama el banco que lo han devuelto, que sólo me han podido pagar un pequeño importe y que encima me cobran intereses por dicha devolución. Llamo a la empresa y me dicen que no tienen dinero.. Etc mentiras... Que ya me llamarán en cuanto lo consigan... A la vista de que el viernes no me llamaban, vuelvo a llamar yo y me dice que el lunes día 10 me pagará parte del total, hoy es martes 11 y estoy desesperada por que ni siquiera me han llamado y menos ingresado nada... No sé que puedo hacer, ya que si presento de nuevo el cheque y no lo pueden satisfacer me volverán a cobrar intereses... ¿qué puedo hacer para que me paguen?
En cualquier momento puedes cobrarles lo que te deben mediante un proceso de reclamación de cantidad, que se inicia en el UMAC mediante un acto de conciliación. Puedes reclamarles cualquier deuda de los 12 meses anteriores a la fecha en que lo inicies. Para este proceso no necesitas abogado, pero puedes conseguir uno de oficio gratis en el colegio de abogados o bien acudir a un sindicato. Puestos a reclamar que te revise bien las últimas 12 nóminas alguien que no sea de la empresa ni de la asesoría que se las hace, porque es muy probable que hayas estado cobrando menos de lo que dicen las tablas salariales actualizadas del convenio aplicable. En ese caso le puedes cobrar toda la deuda en el mismo proceso. Además, en la demanda puedes meterles intereses por mora. Por tanto si la empresa te debe dinero míralo como si lo estuvieras metiendo en el banco con intereses. Pero tienes que iniciar el proceso cuanto antes. Una vez puesta y cobrada esta reclamación, si te vuelve a hacer lo mismo la misma empresa durante al menos 3 meses, podrías iniciar un proceso de rescisión voluntaria de tu contrato por impago. Te daría derecho a cobrar la misma indemnización, finiquito y paro que si hubiera sido un despido improcedente. Pero esta rescisión sólo es viable cuando previamente se ha hecho la reclamación de cantidad y, o bien no se ha cobrado, o bien se cobró pero luego dejaron de pagarte otra vez. Si la deuda te ocasionó algún perjuicio económico lo puedes recuperar. Ppor ejemplo si el banco te cobró comisiones por tener números rojos. O incluso si tuviste que que pedir un crédito para seguir viviendo mientras que la empresa no te pagaba. Lo primero es poner y ganar la reclamación de cantidad en el juzgado de lo social. Entonces, una vez la sentencia sea firme, podrías poner una demanda a la empresa por daños y perjuicios, en la cual pides que te paguen todos los gastos que te ocasionaron, como los intereses del crédito y los gastos de su formalización. Pero con eso hay que ir con ojo, porque las demandas de daños y perjuicios sí necesitan de abogado y sí que puede haber condena en costas. Aparte de esto, habría que ver cómo te han hecho el despido. Tiene muchos requisitos y si les falta cualquiera y estás a tiempo de demandar si no han pasado más de 20 días hábiles desde tu último día de trabajo. En ese caso puedes aumentar muchísimo lo que tendrías que cobrar por indemnización, salarios de tramitación, etc... Si no han pasado 20 días ve a un sindicato inmediatamente, ya que en la misma demanda se lo puedes meter todo, tanto la deuda de finiquito como la demanda por despido. Lo que sí que te digo es que ya no llames más a la empresa. Ya les llegará la demanda.
¿Entonces si no he entendido mal tendría que ir yo misma al juzgado de lo social de mi municipio y poner una reclamación de cantidad? ¿Después de poner esta reclamación cuanto tiempo tardan en llamar para el acto de conciliación? Gracias.
No se trata sólo de una demanda de cantidad, sino también de despido, porque para que la empresa se ahorre los salarios de tramitación tendrían que haberte pagado la indemnización en el plazo de 48h. COmo no lo han hecho, si les demandas por ello (plazo de 20 días hábiles desde tu último día de vacaciones, que fue el 30), aparte de pagarte la indemnización con intereses tendrán que pagarte los salarios de tramitación, que pueden ser incluso más dinero. Pero no es una cosa que la debas hacer tú mismo si no sabes del tema. Acude a un sindicato o lee el artículo sobre buscar abogado de la web Laboro. No olvides finalizar la pregunta.