¿Inconvenientes de un ERE?

Estoy trabajando en una empresa que atraviesa serias dificultades económicas, como muchas, supongo...
El tema es que no cobro la nómina desde diciembre y, además, creo que tampoco cobraré la de enero de momento... Yo necesito una solución urgente y les propuse a mis jefes que me despidieran, al menos, para cobrar el paro. Ellos me dijeron que iban a mirar para hacer un ERE...
Como no entiendo muy bien el funcionamiento de un ERE, no sé qué me interesaría más, un despido o un ERE. No sólo por el aspecto económico, también por el aspecto de cotización, desempleo, etc.

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Sin duda alguna te interesa más un despido improcedente, ya que la indemnización es de 45 días por año. En un ERE la indemnización es la que se pacte con los empleados y nunca puede ser inferior a 20 días, pero tampoco llega nunca a los 45.
En cualquier momento puedes cobrarles lo que te deben mediante un proceso de reclamación de cantidad, que se inicia en el UMAC mediante un acto de conciliación. Puedes reclamarles cualquier deuda de los 12 meses anteriores a la fecha en que lo inicies. Para este proceso no necesitas abogado, pero puedes conseguir uno de oficio gratis en el colegio de abogados o bien acudir a un sindicato. Puestos a reclamar que te revise bien las últimas 12 nóminas alguien que no sea de la empresa ni de la asesoría que se las hace, porque es muy probable que hayas estado cobrando menos de lo que dicen las tablas salariales actualizadas del convenio aplicable. En ese caso le puedes cobrar toda la deuda en el mismo proceso. Además, en la demanda puedes meterles intereses por mora. Por tanto si la empresa te debe dinero míralo como si lo estuvieras metiendo en el banco con intereses (10% anual). Pero tienes que iniciar el proceso cuanto antes. Una vez puesta y cobrada esta reclamación, si te vuelve a hacer lo mismo la misma empresa durante al menos 3 meses, podrías iniciar un proceso de rescisión voluntaria de tu contrato por impago. Te daría derecho a cobrar la misma indemnización, finiquito y paro que si hubiera sido un despido improcedente. Pero esta rescisión sólo es viable cuando previamente se ha hecho la reclamación de cantidad y, o bien no se ha cobrado, o bien se cobró pero luego dejaron de pagarte otra vez. Si la deuda te ocasionó algún perjuicio económico lo puedes recuperar. Ppor ejemplo si el banco te cobró comisiones por tener números rojos. O incluso si tuviste que que pedir un crédito para seguir viviendo mientras que la empresa no te pagaba. Lo primero es poner y ganar la reclamación de cantidad en el juzgado de lo social. Entonces, una vez la sentencia sea firme, podrías poner una demanda a la empresa por daños y perjuicios, en la cual pides que te paguen todos los gastos que te ocasionaron, como los intereses del crédito y los gastos de su formalización. Pero con eso hay que ir con ojo, porque las demandas de daños y perjuicios sí necesitan de abogado y sí que puede haber condena en costas.
Te aconsejo que pongas esta demanda, porque sino cualquier día te puedes encontrar con un cierre y un concurso de acreedores. En cambio, si inicias antes el proceso tienes preferencia. Además, como te digo, te daría la posibilidad de rescindir tu contrato con 45 días por año si siguieran sin pagarte.
En cuanto a cotización y desempleo, que sea por ERE o por despido no te infliuye para nada.
Infinitas gracias,
Me has respondido a la pregunta perfectamente y, además, me has aconsejado en los pasos a seguir, miles y miles de gracias.
A mi me gustaría poder llegar a un trato con mis jefes, ya que no son culpables de la situación, al menos no con mala fe. Pero tengo que velar por mis intereses así que cuanto antes empezaré a mover ficha, tampoco quiero arruinarles más de lo que están, todo es cuestión de negociarlo.
Te agradezco enormemente tu respuesta, ya que comentas muchas cosas que la mayoría de los trabajadores desconocemos, y luego claro, nos llevamos unas sorpresas...
Gracias, gracias y gracias

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