Despido por falta grave

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Hola,.. ¿cómo estas? Veras es la primera vez que te escribo,... Resulta que me han despedido por falta grave por abandono del servicio,.. Y opte por reconocer que me fui antes de la hora,.. Mediante un escrito y a los dos días me llamaron diciéndome que me despedían de la empresa,.. Yo la verdad lo reconocí y nunca he cometido ninguna falta hasta ahora,.. En mi convenio me ponen que es falta muy grave con despido y yo interpreto flalta leve sin despido solo amolestancion,.. Creo que me querían echar,.. Es una hipótesis,.. De todas maneras cuando me presente para el despido no lo sabia hasta que llegue a sus oficinas,.. Y me remitieron la carta de despido que no firme por supuesto,.. Por no estar de acuerdo,... Ellos hacen hincapié en ella la ausencia mía que reconocí,.. Pero ademas me ponen falta de respeto a mis superiores y eso no es cierto,.. Por eso no la firme,.. Ellos alegan que anteriormente tenia más faltas reiteradas pero nunca me las hicieron constar hasta hoy,... Y digo porque no me comunicaron antes las faltas de antes y no ahora todas juntas,.. Es legal no poner en mi conocimiento la primera falta que supuestamente tuve y si ahora todas de golpe al despedirme,.. Tengo derecho a paro y finiquito ya que no fue baja voluntaria,.. Pero y a la incorporación de nuevo a la empresa si salgo ganando,... Que cree que es mejor un abogado laborista o los sindicatos,.. Pues me quedan 20 días desde que me dan la carta de despido,... Me pueden despedir por una falta según ellos grave,.. Para mi no,... Que debo hacer y de la mejor manera para poder defenderme,..

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Lo que tienes que tener claro es que esa supuesta falta no se puede castigar con el despido ya que seguramente el convenio dirá que se trata solo de una falta leve y que requerirá de una simple amonestación o como mucho una sanción de empleo y sueldo de unos pocos días.
Lo que tienes que hacer es demandar por despido antes de que se te cumpla el plazo de 20 días que tienes para hacerlo.
Si la sentencia dice que el despido es un castigo desproporcionado para la falta cometida sera un despido improcedente. En ese caso la empresa podrá readmitirte o confirmar el despido pagándote los 45 dias/año más los salarios dejados de percibir entre la fecha del despido y la fecha de la sentencia(salarios de tramitación).
El que no haya habido sanciones previa juega a tu favor.
Por supuesto tienes derecho a paro pero para tramitarlo necesitas la carta de despido y el certificado de empresa.
Ponte en manos de un abogado del sindicato(más bregados en demandas laborales ya que solo se dedican a eso)o de algún abogado laboralista de confianza(eso ya es elección tuya) para iniciar de inmediato el proceso.

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