¿Qué derechos como trabajador tengo al trabajar en una empresa como fijo discontinuo si cierra?

Quisiera saber que derechos tengo cuando trabajando en una empresa durante quince años de fijo discontinuo, la empresa se pone en venta para otros fines, y estando finiquitado cada vez que hacen un contrato, ¿me corresponde alguna indemnización?

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Tus derechos son los mismos que cualquier empleado. Si una empresa compra a otra, hereda todos los contratos, les guste o no. Por tanto, cuando toque iniciar la actividad que haces, si no te llaman será un despido nulo, por ser un despido sin comunicar la causa, por lo que podrás demandar en el plazo de 20 días desde que se inicie la actividad sin ti.
Me parece que no me he explicado bien, me refiero a una empresa que hace dos tipos de contratos al año, cuando termina cada contrato, porque abre y cierra dos veces al ser de temporada, paga el finiquito a los trabajadores, cada vez. Esta empresa va a desaparecer y en su lugar se va a construir un edificio. A los trabajadores aunque siempre nos han pagado los finiquitos de los contratos, ¿tenemos derecho a reclamar por los años trabajados como fijos discontinuos.?
Te tienen que pagar indemnización como a cualquier otro. Si eres fijo discontinuo eres indefinido después de todo. Lo único que cambia es el modo de distribución de la jornada. El finiquito que te hacen de cada contrato es sólo lo que te deben de vacaciones y pagas extras de cada contrato, pero no de indemnización porque el contrato no acaba. Los dos contratos deberían ser fijos discontinuos, y realmente si son para la misma labor debería ser uno sólo, en el cual se especificara que hay dos períodos de actividad al año. Aunque realmente da lo mismo mientras que ambos sean fijos discontinuos.
Si quieren cerrar la empresa tienen que hacerlo por un ERE. No hay otra forma, y un ERE hay que justificarlo en razones de unos tipos concretos, normalmente económicas, y esto quiere decir que sólo se puede cerrar si la empresa no se puede mantener, pero no porque no ganen lo suficiente ni menos aún porque vayan a ganar mucho más vendiendo el terreno.
Me reitero en lo dicho: cuando empiece la actividad te tienen que llamar, y si no lo hacen porque han cerrado o por lo que sea, demandas por despido.

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