Atraso Salario base+Plus Convenio tras cambio de Conv.

Se ha aprobado el XVI Convenio de la consultoría y me gustaría saber lo siguiente:
El nuevo convenio es efectivo para los años 2007,2008 y 2009. Trabajo en mi empresa desde Nov 07 y desde el Nuevo convenio se regulan los salarios bases y los pluses de convenio. Estos años he tenido como salario base y plus de convenio el mínimo del XVI más complementos. Con la aprobación del nuevo convenio, ¿tengo derecho a cobrar las diferencia entre el salario base + plus convenio del XVI Convenio para cada uno de los años sobre el que tengo actualmente(XVI Convenio), es decir, los atrasos?
Para completar esta información tengo que decir que el complemento que tengo supera la diferencia entre los convenios pero que es el mismo desde que entré y por tanto cobro lo mismo desde nov. De 2007. Entiendo que al actualizarme el salario base me reduzcan los complementos para cobrar lo mismo pero no sé si debo cobrar los atrasos. Quería aprovechar a preguntar si los artículos 7 y 8 del nuevo convenio(que no entiendo) me benefician ya que hablan de derechos adquiridos pero también de absorción.

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Pues en un principio esta claro que tienes derechos adquiridos, pero en el convenio dice claramente que los mismos serán absorbidos, lo que significa que se te congelan hasta equipararte al resto de los empleados en cuanto a su sueldo base.
Por tanto haz números haber si te han colado algo. Por ejemplo, no me dices porque tienes salario base más alto que el resto, ¿viene de subrogación?
Si no tienes más preguntas, finaliza y puntúa.
El sueldo base y plus convenio que tengo actualmente es el mismo que aparece en el XV convenio, es decir en el anterior y hasta el 31 de diciembre de 2006. Todavía no me han actualizado las tablas salariales. Los complementos también son los mismos desde que entré en Nov'07. No me han hecho ninguna subida salarial de ningún tipo en estos casi dos años. Por eso, una vez actualizadas las tablas salariales para los años 2007, 2008 y 2009 con el nuevo convenio (XVI) preguntaba que si tengo derecho a cobrar esas diferencias entre salarios desde Nov '07 hasta el mes que me actualicen el salario con el que se corresponde para este año o si pueden aludir a que los complementos absorberían esas cantidades.
Gracias
Cuando se habla de absorción, significa exactamente eso. Es decir, pero tienen que reflejarlo de la siguiente manera:
Una vez cobrado todo el personal los atrasos, en tus nominas, tienen que ponerse el sueldo base igual que a los demás, pero te bajarían en la misma proporción los complementos salariales, hasta que los sueldos base de los demás trabajadores se equiparen íntegramente al tuyo, ya sin complemento. Eso es lo legal. Ya que tu no puedes en sueldo base cobrar con la misma categoría, más que el resto, ni tampoco menos que el resto.
Si tienes más dudas, me lo dices.

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