Atrasos

Necesito saber la fórmula de cálculo de los atrasos, cuándo se liquidan, y por qué se liquidan así. Creo que dos veces al año, ¿es así?
¿Cómo calcularlos?
A mi me viene una nomina de atrasos en el mes de marzo o abril con atrasos desde el 1 enero hasta esa fecha, y después otra desde el 1 enero al 31 diciembre, del año anterior. ¿Es correcto? ¿Por qué?

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Tus preguntas tienen tantas respuestas como Convenios Colectivos, lo mejor es que me digas a que Convenio Colectivo pertenece tu empresa y veré si lo conozco ya o puedo hacerme con un ejemplar.
Normalmente es el Convenio Colectivo el que marca que atrasos se pagan, probablemente tu Convenio Colectivo llevaba varios años (seguramente 2 por lo menos)sin actualizarse, de modo que marca una actualización de las tablas salariales para el año 2003 y otra para el año 2004.
Las normas para calcular los atrasos(normalmente)son:
1)Caso en el que el calculo anual del nuevo salario es mayor a la retribución anual recibida efectivamente; se procede a la liquidación y pago de los atrasos.
Te he pagado 1.000 y según el Convenio te tengo que pagar 1.200, pues te liquido 200.
2)Caso en el que el calculo anual del nuevo salario es menor a la retribución recibida; no es obligatoria liquidación alguna pero algunas empresas liquidan las diferencias existentes entre las retribuciones de los conceptos marcados por convenio y las retribuciones que se han recibido efectivamente en dichos conceptos, en este caso existe un concepto de nómina(o varios)que recogen una mejora voluntaria del salario mínimo que marca el Convenio.
Si tu retribución es superior al mínimo de Convenio coge un ejemplar y observa en el articulo dedicado a retribuciones, salarios, o como lo llamen si existe un concepto que absorba y compense, en ese caso a los conceptos obligatorios de tu nómina debes sumar este para saber cuanto te paga efectivamente tu empresa como obligatorio de Convenio.
Por ejemplo;
1-Conceptos de Convenio:
-Salario Base:800
-Plus Convenio:100
2-Concepto que marca el convenio para ABSORBER Y COMPENSAR las posibles actualizaciones del mismo:
-A cuenta Convenio:100
3-Concepto Voluntario que la empresa introduce en la nómina para mejorar la retribución de ese trabajador:
-Mejora Voluntaria:500
4-El total son 1.500, de los que 900 son obligatorios por Convenio, 100 son algo parecido a una provisión para las subidas futuras, por lo que cuando salga la nueva tabla salarial lo tendré en cuanta para saber hasta donde me han pagado por obligación y si me tienen que liquidar atrasos y con el que además absorberé esa subida.
Ejemplo: el convenio nuevo marca:
-Salario base:850
-Plus Convenio:150
Como mi A Cuenta Convenio es de 100 y lo he cobrado durante toda la vigencia del nuevo Convenio no tengo derecho a atrasos, pero además mi A cuenta Convenio desaparece absorbido por la subida de los otros dos conceptos, por lo que a efectos reales no cobraré ni un duro más de lo que lo venía haciendo hasta ahora.
Los 500 son una mejora, que normalmente exime de la liquidación de atrasos si con el se supera el mínimo de Convenio, pero sería necesario observar que dice el Convenio, lo normal es que no convivan este concepto y el de A cuenta Convenio, por lo que cuando sube el concepto Salario Base y/o Plus Convenio esta subida se compensa y absorbe con este concepto aunque no sea recomendable por posibles reclamaciones de cantidades, ya que aunque absorber es factible la compensación es más discutible, y siempre dependerá de lo estipulado por norma.
Espero que con estas notas puedas resolver tu problema o tomar una decisión acertada. Si no necesitas más de mis conocimientos por favor finaliza tu pregunta y vótame.
Se trata del convenio de la construcción de Coruña, que no prevé absorción y compensación, se cobra el mínimo.
¿Qué porcentajes se aplican y sobre que bases?
¿Se aplica al final de año la diferencia entre ipc real-ipc previsto por el salario de todo el año?
¿Hay qué incluir en los atrasos el 0.8% interanual de aumento que prevé el convenio?
¿O por el contrario se aplica el ipc vigente en cada mes y se suman todos al final de año?
He hecho 1000 cálculos y mis nominas de atrasos no coinciden.
Como ves prosiguen mis problemas de conexión a internet, perdona que tarde en contestarte.
Sobre tu problema con el calculo de atrasos me temo que no puedo darte una solución sin ver el Convenio del que dependes, en este tiempo de espera intenté hacerme con uno pero me fue imposible.
Si pagan el mínimo y tienes las tablas salariales actuales no tendrás ningún problema, es una mera resta, NO EXISTE UN FÓRMULA común a todos los convenios, sectores, empresas, etc.. te recomiendo que consigas un ejemplar y lo leas detenidamente, en el encontraras la solución a tus dudas, normalmente son complicados de entender en una primera lectura pero con una dosis de paciencia lo entenderás, si no es así mandame si puedes el archivo del Convenio Colectivo a mi correo e intentaré ayudarte; [email protected].

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