Compensación Absorción

La absorción que una empresa practica referente a los siguientes conceptos, basándose en el Convenio del metal de Cataluña del año 2007 con vigencia de 6 años Categoría 6
Conceptos que se perciben en el 2006 S/Convenio , ¿Sueldo 1107.97? , Plus Ex_vinculacion 130?, ¿Plus Personal 280?
Propuesta de la Empresa subida de 2 % de la suma de las cantidades anteriores .
Al estar las cantidades S/Convenio , el Sueldo y Plus Ex_vinculacion por debajo de lo que señala en Convenio la Empresa absorbe del Plus personal las cantidades que faltan hasta llegar al valor de ellos Sueldo y P.Ex_v., El plus personal se percibe hace más de 30 Años congelándose en el año 1976 hasta la propuesta que parte de el empieza a ser absorbido.
La pregunta es ¿Puede ser absorbido este Concepto Plus personal para equiparar del desfase de las cantidades del Sueldo y plus Ex_Vinculacion...?
Entre el Año 73 y 95 se denomina Complemento Plus convenio creo que en estas fechas en convenio venia este apartado.
En el 96 la empresa pasa a denominarlo Plus Personal, del año 93 al 97 lo congela, del 98 al al 2000 realiza unos incrementos por encima de Convenio y los incluuye en el Plus personal a partir de este lo congela
En la actualidad no aparece este concepto de Plus personal ni Complemento plus convenio, este concepto es producto de la diferencia entre los conceptos bases de Sueldo+Plus convenio, menos el salario pactado entre empresa y trabajador, nunca a ha sido absorbido y cada trabajador tiene y plus distinto según el pacto personal con la empresa.
Muchísimas gracias a su respuesta respuesta
Si necesita los artículos 7 y 8 del Convenio Colectivo para I. S. De la Prov. De Barcelona 2007 indíquemelo

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No, no se puede absorber ese concepto ya que las tablas salariales fijan el mínimo de cada concepto salarial y ese mínimo HAY QUE RESPETARLO. Nunca se puede cobrar por debajo de convenio y un empresario no puede decidir por su cuenta y riesgo que para llegar al mínimo lo saca de otros conceptos salariales que entiendo tenéis consolidados.
Si podría desaparecer ese Plus personal en base a una negociación con los representantes de los trabajadores donde se acuerde o bien cambiar el nombre del concepto, o bien congelarlo.
Pero el MÍNIMO establecido en Convenio y los conceptos salariales reflejados en él NO SE PUEDEN TOCAR. Por encima de Convenio el empresario puede hacer "lo que le de la gana" en cuanto a incrementar más o menos, pero nunca cobrar menos de lo establecido en Convenio.
Te aconsejo que lleves todo esto a un abogado laboralista para que os asesore a la hora de denunciar a la empresa. Incluso yo iría a la Inspección de Trabajo a denunciar estos temas. Es una denuncia anónima, tu nombre no aparecería por ninguna parte y la Inspección envía a un Inspector para que analice las posibles irregularidades que existan en tu Empresa

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