Compensación y absorción

La absorción que una empresa practica referente a los siguientes conceptos, basándose en el Convenio del metal de Cataluña del año 2007 con vigencia de 6 años Categoría 6
Conceptos que se perciben en el 2006 S/Convenio , ¿Sueldo 1107.97? , Plus Ex_vinculacion 130?, ¿Plus Personal 280?
Propuesta de la Empresa subida de 2 % de la suma de las cantidades anteriores .
Al estar las cantidades S/Convenio , el Sueldo y Plus Ex_vinculacion por debajo de lo que señala en Convenio la Empresa absorbe del Plus personal las cantidades que faltan hasta llegar al valor de ellos Sueldo y P.Ex_v., El plus personal se percibe hace más de 30 Años congelándose en el año 1976 hasta la propuesta que parte de el empieza a ser absorbido.
La pregunta es ¿Puede ser absorbido este Concepto Plus personal para equiparar del desfase de las cantidades del Sueldo y plus Ex_Vinculacion...?
Si necesita los artículos 7 y 8 del Convenio Colectivo para I. S.De la Prov de Barcelona Hágamelo saber

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¿El concepto "plus personal" en función de qué os lo abonan?: Aparece en convenio, es una mejora salarial pactada individualmente, colectivamente, es aumento de salario, siempre ha sido la misma cantidad, os lo han absorbido anteriormente,...
Entre el Año 73 y 95 se denomina Complemento Plus convenio creo que en estas fechas en convenio venia este apartado.
En el 96 la empresa pasa a denominarlo Plus Personal, del año 93 al 97 lo congela, del 98 al al 2000 realiza unos incrementos por encima de Convenio y los incluuye en el Plus personal a partir de este lo congela
En la actualidad no aparece este concepto de Plus personal ni Complemento plus convenio, este concepto es producto de la diferencia entre los conceptos bases de Sueldo+Plus convenio, menos el salario pactado entre empresa y trabajador, nunca a ha sido absorbido y cada trabajador tiene y plus distinto según el pacto personal con la empresa.
Espero haberle aclarado la situación, muchísimas gracias por la pronta respuesta
   Saludos Andres
Todos los conceptos salariales indicados en el convenio colectivo son mínimos a percibir por parte del trabajador, por lo tanto si es un concepto de convenio la empresa no puede absorberlo y debe pagarlo obligatoriamente.
Debéis estudiar el convenio, sobre todo cuando desapareción dicho concepto salarial para ver que decía al respecto, si podía ser absorbible o no.
Si este concepto desapareció y la empresa lo mantuvo como una mejora voluntaria podría absorberlo, pero si no desapareción deben respetarlo y no absorberlo, otra opción sería que desapareciera siendo absorbido en los otros conceptos pero que la empresa no lo tuvo en cuenta o no lo realizó correctamente, en ese caso sería un mínimo de convenio que deberían respetaros.
También debéis consultar el convenio para ver si indica algo respecto a las condiciones pactadas individualmente, si se pueden o no absorber.

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