Autónomo media jornada...

HOLA, Buenos días, tengo una duda. Si trabajo asegurada media jornada en una empresa de comercial a comisión y me quiero dedicar la otra medio jornada a comercial también o distribuidor minorista para una empresa ¿Tengo qué darme de alta como autónomo? ¿Hay algún régimen especial a media jornada? Tengo 45 años, mujer. O que me aconseja ud...,
Gracias

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Deberías cumplimentar el alta en el Régimen Autónomos en la Seguridad Social junto con la inscripción en Hacienda (alta en IAE) que es necesario para iniciar una actividad profesional por cuenta propia. La pluralictividad esta permitida y es compatible estar inscrito en varios Regímenes. Puede surgir un conflicto con la empresa que estas trabajando ahora si esta decide que la actividad por cuenta propia le puede afectar a su competencia o ser desleal.. pero siempre que tuvieras un contrato con clausula de exclusividad o no concurrencia, en cuyo caso pude ser motivo para despido objetivo.
En principio, puedes retrasar el alta hasta que tus ganancias sean suficientes y observes una buena marcha de tu negocio por cuenta propia, solo te pillaran si denuncia algún cliente por declaraciones del IVA, por ejemplo. Pero lo más recomendable y prudente es estar en alta para evitar acusaciones por fraude fiscal o a la obligaciones sociales.

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