Demanda de Despido

Yo he recibido la carta de despido por causas objetivas con 30 días de antelación a la fecha del despido. Como no estoy conforme con los 20 días por años trabajado porque no estoy segura de que el negocio vaya tan mal, voy a demandar a la empresa.Yo necesito saber si de puede plantear una demanda con fecha anterior a la que se hace efectivo el despido (por ejemplo el día 22), para que la conciliación salga antes.

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Puedes demandar desde el mismo momento en que recibas la comunicación. Te lo miro en la ley de procedimiento laboral y te lo confirmo.
Sección i. extinción por causas objetivas
Artículo 120.
Los procesos derivados de la extinción del contrato de trabajo por causas objetivas, se ajustarán a las normas contenidas en el capítulo relativo a los procesos por despidos y sanciones sin perjuicio de las especialidades que se enuncian en los artículos siguientes.
Artículo 121.
1. El plazo para ejercitar la acción de impugnación de la decisión extintiva será de veinte días, que en todo caso comenzará a contarse a partir del día siguiente a la fecha de extinción del contrato de trabajo. El trabajador podrá anticipar el ejercicio de su acción a partir del momento en que reciba la comunicación empresarial de preaviso.
2. La percepción por el trabajador de la indemnización ofrecida por el empresario o el uso del permiso para buscar nuevo puesto de trabajo no enervan el ejercicio de la acción ni suponen conformidad con la decisión empresarial.

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