¿Tengo obligación de firmar una baja voluntaria?

Hace 10 meses tuve un bebe, solicite una excedencia de 7 meses que termina el día 9 de octubre, ya que es la fecha de mi incorporación. No deseo volver a la empresa, pues no me dan flexibilidad horaria ni reducción de jornada. Mis dudas son: ¿Tengo obligación de llevar la carta de baja voluntaria aun estando todavía los 15 días de antelación obligatorios a tal efecto, dentro del régimen de excedencia? ¿O de lo contrario tendría que esperar a el 9 de octubre para presentar la carta y por obligación trabajar los 15 días correspondientes? ¿Tendría derecho a liquidación? ¿Tendría derecho a cobrar el paro? Por otro lado quizás tenga la oportunidad de trabajar en otra empresa, ¿Tengo qué esperar a que me confirmen la carta de baja voluntaria o podría empezar a trabajar con contrato y alta en Seguridad Social en la nueva empresa aun estando de excedencia?
Muchísimas gracias por su amabilidad y espero salir de todas estas dudas que me tienen en vilo.

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Antes que nada decirte que si es para tu bien y es lo que deseas, vete a otra empresa, pero el motivo que me expones de que no te dejan reducirte la jornada, de eso nada por favor, si quieres seguir en la empresa y te quieres reducir la jornada y realizar dicha reducción entre las "x" horas y las "x" pues le haces el escrito, se lo presentas y punto, el día de la fecha indicada en la solicitud, te vas a trabajar a esa hora y te vas cuando cumplas tus horas reducidas, a ver si te dicen algo hombre, faltaría más, la empresa no tiene potestad alguna para denegar el derecho reconocido por la Ley del Estatuto de los Trabajadores en el Art.37.5.6, pasate por aquí http://mario666leo.blogspot.com/ e informate de tus derechos al respecto.
Por otro lado, si quieres causar baja voluntaria en la empresa, no has de esperar a nada, aun estando en periodo de excedencia puedes solicitar la baja, se las entregas por escrito y que te la sellen con fecha de entrada, ya esta libre de ellos y te puede ir a trabajar a la otra, lo que no tendrás es liquidación, ya que supongo que te la dieron al comenzar la excedencia, al menos tendrían que haberlo hecho, y en el tiempo de excedencia no generas vacacones ni paga extra. El desempleo no puedes solicitarlo, la baja voluntaria no está considerada como "situación legal de desempleo" requisito imprescindible para poder solicitar la prestación, eso si, transcurrido tres meses de la baja voluntaria, si cesas en un nuevo trabajo por causas ajenas a ti, aunque sea en el periodo deprueba, si tendrás derecho a solicitarla contándote el tiempo cotizado en la empresa donde pediste la baja voluntaria.
Espero haberte aclarado la situación, si no es así, no dudes en volver a preguntarme, si no, finaliza la pregunta
Hola de nuevo me has servido de mucha ayuda y de nuevo te vuelvo a dar las gracias, se necesita más gente como vosotros. Quería decirte que se que podría denunciar a la empresa en caso de no reducirme la jornada pero la verdad es que no quiero meterme en líos y sobre todo por que aunque lo consiguiera tendría que seguir trabajando domingos y festivos de apertura y eso me quitaría mucho tiempo para estar con mi nene. La verdad es que hoy me he pasado por mi empresa actual (eroski) y he hablado con mi encargado, le he dicho que me quería ir por razones de peso como es cuidar de mi hijo y tener un trabajo compatible a el y la verdad que lo ha entendido perfectamente, tanto es así, que intentara ayudarme en lo que pueda, ya que si me voy yo no me pertenecerá nada, y llevo cinco años trabajando con ellos.
Por otro lado, tengo otra duda que no me queda resuelta y es que el Lunes tengo una entrevista de trabajo y en caso de que contaran conmigo ¿podría ponerme a trabajar con ellos, ya que la fecha final de excedencia es el 9 de octubre? ¿Y llegado el día final de la excedencia tendría que llevar la carta de baja voluntaria o simplemente con decir que no me incorporo a eroski bastaría? Y a efectos del ministerio de trabajo ¿contaría cómo que tengo dos trabajos?
En fin espero que todo se solucione pronto. Muchísimas gracias.
El hecho de cumplir el plazo de la excedencia y no solicitar la reincorporación da por hecho tu baja voluntaria de la misma, puedes perfectamente irte a trabajar con la otra empresa antes de finalizar la excedencia, es más, la mayoría de las excedencias se solicitan para trabajar en otro sitio, para la ss. Ss no estarías trabajando en 2 ya que por la que estas en excedencia no cotiza por ti durante dicho periodo, así que tu estado actual en la ss. Ss es de desempleada.
Aunque ya me has dejad clara tu voluntad de irte, no puedo dejar pasar el decirte, primero para tú conocimiento y sobre todo también, para que cualquier usuario de esta web quede informado, que si te acoges a la reducción de jornada por el art.37.5.6 no tendrías porqué trabajar los fines de semana como dices, es tu potestad el decir que trabajarías de Lunes a Viernes de 9 a 13, por ejemplo, y todo lo que se salga de esa decisión, seria bajo tu consentimento y pagado como extra.
Saludos y suerte, y por favor, no olvides finalizar la pregunta, a no ser que quieras algo más, por lo que quedo a tu disposición nuevamente.
Quiero agradecerle el interés que ha depositado en mis preguntas. Me ha sido de gran ayuda puesto que en estos asuntos yo estoy un poco pez. He de decir que supongo que los demás expertos como tal, serán muy buenos en su materia, pero para mi usted ha sido el mejor. Muchísimas gracias por informarme con sus conocimientos y así saber que leyes tengo a mi favor para poder mirar por mis intereses. Un saludo y cualquier otra consulta que tenga al respecto, no dude que acudiré a usted para que me ayude.

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