Consulta sobre solicitud de Reducción de Jornada

En nov del año pasado 2008 dio a luz, y actualmente estoy de baja maternal. He solicitado la acumulación de lactancia y días devengados pero no disfrutados por una it a final del embarazo por riesgo en el mismo. Sólo me han contestado verbalmente pero tengo el acuse de recibo de la carta certificada que les envié.
¿La empresa tendría obligación por escrito de confirmarme o no haría falta guardando el acuse? Me parecía muy fuerte enviarles burofax y por eso lo envié de esa manera..
El problema real que tengo de todas formas es que como soy epiléptica y a finales del embarazo me dio una crisis, debo de estar un año sin conducir porque hay riesgo de crisis (es difícil que ocurra porque mi epilepsia está muy controlada y me ha dado sólo 4 veces en 34 años y siempre por temas hormonales como en el embarazo), pero el caso es que la médica me quiere dar la it por enfermedad común.
No se si me pueden aconsejar sobre solicitar la reducción de jornada o no.
Si la solicito, ¿de it cobraría menos verdad? Porque se calcula sobre la base del mes anterior a la baja pero aplicando las horas ya con la reducción, 6, ¿o las 8 completas? De esta manera estaría cubierta hasta después de los 9 meses que por el niño estoy protegida con la posible reclamación de nulidad ante un despido..
Si no la solicito y estoy de baja como hasta finales de octubre no tendría el alta, podría solicitar la reducción con una carta pero sin confirmar fecha concreta o esa más tardía, ¿aunque la carta la envíe poco antes de los 9 meses para estar cubierta después?
Mi última consulta sería, que la empresa se está viendo afectada por la crisis, y están despidiendo a mucha gente, y sobre todo a cargos de responsabilidad.. Soy gerente de una oficina. ¿Mientras mantengan abierta oficinas si reclamara la nulidad me tendrían que relococar en alguna? ¿O si cierran la mía podrían despedirme por despido objetivo si alegan las causas económicas?
No se si rechazara una negociación de despido (aunque fuera nulo) si me voy a arriesgar a que luego me despidan de manera objetiva..
¿Me podrías aconsejar sobre ello?

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Si te han de contestar porque es un acuerdo, la acumulación de la lactancia, entre la Empresa y el trabajador por lo que la Empresa podría decirte que no.
Respecto al otro tema que me comentas de momento son supuestos no hechos y soy de las personas que dicen que no te puedes poner la tirita antes de que te duela. De momento recuperate y si tienes certeza de que te van a dar la baja a continuación del embarazo espérate a pedir la reducción. En los casos de reducción de jornada por cuidado de hijo la Empresa sigue cotizando por tu al 100% durante los dos primeros años por lo cual tus bases para la baja siguen siendo al 100% y si fueras despedida el calculo de la indemnización se haría en base al 100% de la jornada y no sobre la jornada que reduzcas.
Si el despido es improcedente sería nulo en tu situación, pero si es objetivo si que podrían hacerlo (caso de que cierren la oficina y no haya trabajado o porque amorticen tu puesto de trabajo y no te sustituyan, pero la Empresa ha de argumentarlo muy bien ya que la situación de las mujeres embarazadas o que han sido madres están my protegidas por Ley desde el 2007)
Mi consejo, como mujer, con todo el respeto del mundo es que te ocupes de tu hijo, estés tranquila, te recuperes de tu posible baja y cuando empieces a trabajar ya veremos que pasa. Recuerda que antes de incorporarte debes dar un preaviso a la Empresa para comunicar que te vas a reducir la jornada y puedes decirle que a partir de la finalización del periodo de lactancia o de tus vacaciones.
Muchísimas gracias por tu respuesta y tan rápida.
Aunque no me ha quedado claro lo último.. me dices que preavise a la empresa de mi incorporación con reducción de jornada, si lo entiendo.. pero.. me aconsejas entonces que me acoja a ella una vez termine la lactancia y las vaciones, ¿aún sin llegar a incorporame al estar de it?
De esta manera estaría cubierta más de los 9 meses, y si para el cálculo de la indemnización no tienen en cuenta la reducción estupendo.. ¿pero por la baja por it cobraría menos no?
Con esta última confirmación ya tomará la decisión, aunque de momento si que me recuperaré y aprovecharé para dedicarme a mi hijo si. Muchas gracias.
Por cierto, si la empresa acaba cerrando, o dando despidos objetivos, la nulidad quizás no me interesaría..
Por tu experiencia, si me despiden al reincorporarme con o sin baja por it, y les reclamo la nulidad, podría ganar tiempo y antigüedad hasta el acto de conciliación o juicio quizás.. ¿pero tu crees que en el acto de conciliación se podría llegar a un acuerdo económico para no tener que readmitirme y que sólo me indemnicen? ¿Sabes si podría reclamar una indemnización mayor de los 45?
No se si tu podrías aconsejarme por si ellos me ofrecen negociar un improcedente, o si llego a un acto de conciliación..
Gracias de nuevo y un saludo
Siento haberte tardado tanto en contestar pero ando muy liada. Te contesto:
- No, has de incorporarte o solicitarla cuando tengas previsto incorporarte de la IT
- Si cobrarías menos ya que el funcionamiento seria igual que la baja por enfermedad común
- Todo en esta vida es negociable y muchas empresas cuando "se quieren quitar de encima" a trabajadoras con reducción de jornada, etc y sabiendo que a las malas el despido seria nulo intentan llegar a acuerdos mayores de indemnización cuyo coste pueden amortizar en poco tiempo. En caso de despido objetivo claro ya sabes que como mínimo serian 20 días de indemnización por año trabajado por lo que todo lo que sea para arriba puedes negociar. Si no esta justificado seria nulo y por eso a la Empresa le interesaría llegar a un buen acuerdo entre ambas partes

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