Embarazo en régimen agrario

Mi mujer esta embarazada y trabaja desde junio en el régimen agrario como fijo discontinua en la campaña (antes ha trabajado siempre en régimen general):
1) ¿Tiene derecho a baja por riesgo de embarazo?
2) De momento ha cogido la baja por enfermedad común: ¿Quién le paga y donde tiene que llevar los partes de it?
3) Cuando finalice la campaña, ¿quién le seguirá pagando?
4) ¿La empresa tiene la obligación de prepararle los papeles para el subsidio por riesgo de embarazo?
5) Después del parto, ¿tiene derecho a la baja maternal?

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El contrato de fijo discontinuo es un contrato indefinido, y aunque no lo fuera, los derechos del trabajador son los mismos.
Tiene derecho a todo, si cumple con la ley. Los partes de baja los tiene que dar a la empresa que la ha contratado, o en su defecto a la mutua. Le paga la mutua directamente o a través de la empresa, según tengan concertado, y también le paga la mutua o la seguridad social estando de baja, si finaliza la campaña.
Acudid a la Seguridad Social y solicitar los papeles de tramite para riesgo por embarazo. Y por supuesto que tiene derecho a la baja maternal.
En la página web www.seg.social.es tenéis la información detallada sobre pasos a seguir en cuanto a riesgo de embarazo, etc, y sino, ir directamente a la Seguridad Social, y os informaran de todas vuestras dudas y tramites a seguir.
Finaliza y puntúa. Y enhorabuena por esa nueva maternidad.

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