Mi jefe no consigna mi indemnización

El pasado día 21 de septiembre, me llego un burofax a casa (estoy de baja por IT) comunicándome el despido y aceptando la improcedencia del mismo. Una semana después fui a cobrar la indemnización y la liquidación a la empresa. La indemnización estaba bien calculada, pero en la liquidación no constaba por ninguna parte las vacaciones no disfrutadas, y mi ex jefe me dijo "esto es lo que hay". Visto esto, me fijo que tengo que firmar una clausula en la que reniego la posibilidad de reclamar. Así que me voy sin firmar y sin cobrar.
Ayer día 2 de octubre pase por el juzgado a recoger la consignación y resulta que mi ex jefe no ha consignado nada.
¿Qué puedo hacer?
¿Qué plazos tengo para reclamar?

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Respuesta
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Aquí hay dos procesos:
a) Reclamación por despido improcedente. El plazo son 20 días hábiles. Se busca la indemnización.
b) Reclamación por diferencia de cantidad a percibir. El plazo es un año. Se busca cobrar las diferencias no percibidas, como por ejemplo, esas vacaciones no cobradas.
No ha depositado la indemnización porque no tiene el riesgo de que se le devenguen salarios de tramitación, al estar tu de baja por enfermedad y poder pedir al INSS que pague tu sueldo hasta que te recuperes.
¿Has firmado las vacaciones que has disfrutado o no has disfrutado ninguna? Si no has firmado o no las has disfrutado, debes reclamarlas todas.
El proceso se inicia con una reclamación ante el Servicio de Mediación Arbitraje y Conciliación y, en caso de que no haya acuerdo, se sigue en los juzgados.
Muchas gracias Herraldex.
Hoy he ido a firmar la liquidación y ha hecho efecto la amenaza de denuncia, me ha pagado los días de vacaciones que no había disfrutado.
Pero ahora el dilema es:
Ayer fui al juzgado a buscar la indemnización.
El despido fue el día 21 de septiembre, consignó el dinero el día 2 de octubre (11 días después), pero como no tenían la documentación el juzgado (la tiene el juez aun) no me pudieron confirmar que hayan consignado también los salarios de tramitación que creo tengo derecho a cobrar.
¿Realmente tengo derecho a cobrar 9 días en concepto de salarios de tramitación?
Sino han consignado estos 9 días y tengo derecho a cobrarlos, ¿qué tengo que hacer?
Muchas gracias de antemano. Ahora respiro más tranquilo.
Los salarios de tramitación no se consignan. También le diré otra cosa: Vd no tiene derecho a cobrarlos, puesto que estuvo cobrando del INSS (o, por lo menos, tenía derecho a hacerlo) pero PIDASELOS A LA EMPRESA (bajo amenaza de continuar con el proceso y haciéndoles saber que ya está de alta) y, muy probablemente se los paguen.

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