Pagas extras y vacaciones después de excedencias

He estado un mes y medio de excedencia por cuidados de familiares enfermos, la empresa me quiere descontar días de vacaciones y lo correspondiente a las pagas extras del mes y medio que he estado de excedencia ¿es eso correcto? O por el contrario tengo derecho al disfrute de las vacaciones integras y lo mismo con las pagasextras

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Respuesta
La excedencia es una suspensión del contrato, por tanto es correcto lo de las vacaciones y pagas (no es como una baja medica)
Te agradezco la respuesta, pero tengo otra duda al ser la excedencia por cuidados de familiares asimilada al alta tengo entendido que es un periodo computable, y se podría dar la circunstancia que la jornada laboral que yo trabajase durante ese año de excedencia si me descontasen vacaciones podría ser mayor a la que tenemos pacatada en convenio, gracias de antemano por tu respuesta.
No, lo único computable seria a efectos de antigüedad

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