Antigüedad y liquidación en excedencia voluntaria

Después de trabajar dos años y medio en la empresa he solicitado una excedencia voluntaria de 5 meses, comencé el día 1 de Marzo, al pagarme la liquidación me han incluido pagas extras y vacaciones pero no me liquidan la antigüedad. Dicen que tampoco me la guardan, es decir, cuando me reincorpore será como si entrara nueva. ¿Es posible que la antigüedad al haber pedido una excedencia desaparezca?

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En caso de excedencia voluntaria tienes derecho de preferencia en caso de vacante, solamente, si la empresa no te diera esta preferencia podrías reclamar como si de despido se tratara. Tendrás que solicitar la reincorporación antes de la finalización de la excedencia.
Después del apunte anterior, comentarte que al inciar la excedencia la empresa debe darte el finiquito: salarios del último mes, más parte proporcional de pagas extras y vacaciones devengadas y no disfrutadas.
Cuando te reincorpores, el periodo de excedencia no computará como antigüedad, pero evidentemente la antigüedad actual tendrán que reconocértela.
Muchas gracias, entonces en caso de que no me readmitan se consideraría despido y me tienen que pagar la antigüedad, pero en caso de que me admitieran y fuera yo la que les diera los quince días correspondientes y me fuera del trabajo, ¿a qué tendría derecho que me pagaran?
Si te vas con baja voluntaria siempre tendrás derecho al finiquito, los mismos conceptos que te van a pagar en la excedencia.

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