¿Es necesario firmar finiquito para cobrar paro?

Para ver si podéis aconsejarme.
Estoy trabajando en una empresa con un contrato temporal de obra y servicio que cumple el próximo día 15 de diciembre. La cuestión es que a duras penas he ido cobrando por lo cual les he comunicado verbalmente que no quiero prórrogas ni nuevo contrato. La cuestión es que preveo que me van a poner muchas pegas para cobrar los dos últimos meses que me deben. La pregunta es: ¿Tienen obligación de presentarme el finiquito para firmarlo en un plazo menor a 15 días? ¿Debo firmarlo si en el finiquito no se me incluyen las nominas que me deben? ¿Si no firmo el finiquito deben darme el certificado de empresa y me pueden poner problemas para demandar empleo y cobrar paro en el Servicio de Empleo? ¿En el servicio de empleo me pueden requerir una nómina que no he cobrado ni recibido?

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Puedes firmar el finiquito como NO CONFORME, es decir firma y al lado de tu firma escribe NO CONFORME, te tienen que entregar el certificado de empresa en ese momento y luego tienes un año para poder reclamar las cantidades que se te adeudan. Si no te quieren dar el certificado puedes solicitarlo a través de una denuncia en la inspección de trabajo.

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