Reducción de jornada para cuidar discapacitado.
Según dice el Art. 37.5 del estatuto de los trabajadores. Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de ocho años o una persona con discapacidad física, psíquica o sensorial, que no desempeñe una actividad retribuida, tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo.
Pues bien, mi marido tiene una discapacidad física del 43% con un baremo positivo de necesidad de concurso de 3ª persona con 16 puntos y un baremo de movilidad reducida positivo con 8 puntos y no desempeña actividad retribuida, por lo tanto y de acuerdo con el citado articulo, necesito saber si tengo que tener la guarda legal de mi marido o basta con que esté al cuidado directo de él para tener derecho a una reducción de jornada.
Pues bien, mi marido tiene una discapacidad física del 43% con un baremo positivo de necesidad de concurso de 3ª persona con 16 puntos y un baremo de movilidad reducida positivo con 8 puntos y no desempeña actividad retribuida, por lo tanto y de acuerdo con el citado articulo, necesito saber si tengo que tener la guarda legal de mi marido o basta con que esté al cuidado directo de él para tener derecho a una reducción de jornada.
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Respuesta de rosalaboral
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