Cambio en horario de trabajo por accidente familiar

Actualmente trabajo en una empresa del sector del Comercio Textil en Madrid, aproximadamente desde hace 2 años.
La semana anterior mi madre tuvo un grave accidente y aún continúa ingresada en la clínica. Poco a poco va mejorando, pero todavía está imposibilitada para realizar cosas por si misma, como ir al baño, comer, etc...
Quisiera saber si tengo derecho y cómo podría hacer la solicitud a mi empresa sobre un cambio en mi horario de trabajo. Actualmente cumplimos con el horario de verano que es de 8 a 3 pm, pero ya a partir de mañana volvemos a nuestro horario normal de 9 a 6:30 pm con 1 hora para comer de L a J, y los V de 8 a3 pm. La solicitud que haría sería para seguir manteniendo un horario similar al de verano, es decir de 8 a 4 pm, de L a V, con lo cual seguiría cumpliendo las mismas horas a la semana, y así podría relevar a la persona que colabora con mi madre en las horas de la mañana.
El puesto que realizo es de recepcionista-secretaria de dirección, y el mayor movimiento diario en la empresa se produce en las horas de la mañana, las cuales estaría cubriendo.
¿Podrían aconsejarme cómo realizar esta solicitud?

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Para reducirte la jornada en los términos que precisas, debes acogerte al Art.37.5.6 del Estatuto de los trabajadores, en el que dice :
Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de ocho años o una persona con discapacidad física, psíquica o sensorial, que no desempeñe una actividad retribuida, tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo, con la disminución proporcional del salario entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquélla.Tendrá el mismo derecho quien precise encargarse del cuidado directo de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y que no desempeñe actividad retribuida.
Y sigue :
La concreción horaria y la determinación del período de disfrute del permiso de lactancia y de la reducción de jornada, previstos en los apartados 4 y 5 de este artículo, corresponderá al trabajador, dentro de su jornada ordinaria. El trabajador deberá preavisar al empresario con quince días de antelación la fecha en que se reincorporará a su jornada ordinaria.
Aquí, en mi blog, tienes un modelo de solicitud http://mario666leo.blogspot.com/ solo tendrías que cambiar lo de "menor de ocho años" por lo que corresponda. Siempres me he encontrado casos de reducción por cuidado de menor y nunca por tu situación, así que desconozco que documentación te pedirán, tu aportales todo aquello que te pidan, están en suderecho, tanto la empresa com la ss. Ss, ya que esta última, aunque la empresa cotice en base a las horas efectivas trabajadas por ti, y el salario sea el correspondiente a esas horas, la ss. Ss entenderá como incrementada dicha cotización hasta un 100% a efectos económicos de desempleo o incapacidad total (durante los 2 primeros años de la reducción)
Si tienes alguna duda me preguntas, si no, no olvides finalizar y puntuar.
Serias tan amble de finalizar la pregunta, si es que no tines más dudas.

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