No tengo jornada defininada pero si disponibilidad 24h

Soy funerario desde hace 5 años y medio en Málaga y mi empresa me ha despedido alegando que es objetivo. Tengo un contrato a tiempo parcial de 20h semanales pero no tengo horario ni lugar de trabajo definido (no firmado claro), solo un teléfono y disponibilidad 24h, si sale un servicio pues vas al almacen cargas todo, haces el servicio y sus tramites en los registros y tal y fin, ha esperar al servicio siguiente, eso si, estas en tu casa o donde quieras pero dentro de la provincia para asistir de forma rápida. La verdad es que unas semanas se cumplen las 20 horas, otras no y otras se pasan de las horas de trabajo. Por lo que tengo entendido, solo puedo reclamarles un año atrás por inclumpliento de convenio y cosas así pero mi pregunta es la siguiente: como reclamarles esas horas de de disponibilidad horaria, que aunque no estés trabajando si estas pendiente de la empresa día y noche. ¿En el convenio provincial no viene nada de esas horas ni en ningún sitio que haya visitado pero deberán de abonarse de alguna manera no?

1 Respuesta

Respuesta
1
Mulligan, solo seria posible reclamar una cantidad en concepto de disponibilidad si esta tiene un precio fijado por el Convenio Colectivo de aplicación o pacto individual o colectivo. En otro caso no sería posible. Además en tu caso al ser trabajador a tiempo parcial no es posible que legalmente realices horas extraordinarias y cualquier hora que exceda de tu jornada debería realizarse a través de un pacto de horas complementarias respetando lo establecido en el artículo 12 del Estatuto de los Trabajadores.
Te envío la dirección de mi blog donde podrás encontrar más información relacionada con el derecho laboral que te podría ser de interés:
Según convenio colectivo, la jornada laboral sera de 40h semanales (en mi caso 20h) de forma continuada, las empresas deberán elaborar un horario (que no tenemos por escrito y sedebría de estar). No dice nada de disponibilibad horaria pero la respuesta de ellos es la siguiente, esto es lo que hay o me despiden. Lo que si tengo son partes de trabajo a distintas horas del día, así que es demostrable mi total disponibilidad y sin turnos, ¿así qué como reclamarles ese trabajo? Mediante horas extraordinarias, ¿incumplimiento de contrato o como?.
Muchísimas gracias, un saludo
Si bien el Estatuto de los Trabajadores no establece que ocurre en el caso de que a pesar de la prohibición de realizar horas extraordinarias el trabajador las realice. Mi opinión es la de que el empresario debería pagar como horas extraordinarias todas aquellas horas que excedan de las pactadas contigo en el contrato. Además se podría denunciar dicha situación ante la inspección de trabajo. Por otra parte si el total de las horas extraordinarias y ordinarias llega al tope de la jornada normal completa se establece una presunción de contrato a tiempo completo y entiendo que podrías reclamar del empresario que regularice dicha situación.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas