¿Tras un infarto me pueden despedir?

Me llamo Paco tengo 47 años en el mes de Marzo del pasado año sufrí un infarto de miocardio mientras estaba trabajando estuve 8 meses de baja por accidente laboral a los 8 meses me diero en altaen la mutua a pesar de no estar de acuerdo ya que mi trabajo habitual es a -25º y los cardiólogos recomiendan el cambio de puesto de trabajo al darme el alta me reincorporo al trabajo y me hago el reconocimiento medico en riesgos laborales ellos redactan un informe en el cual dicen que no estoy acto para mi puesto de trabajo mi empresa solo tiene ese puesto de trabajo para mi en riesgos laborales me mandan a la mutua a pedir la tramitación de una incapacidad en la mutua me contestan que eso no es su problema es problema de la empresa y entre trabajar y visitar a la mutua se me ha pasado el plazo de reclamación ahora no se donde acudir puesto que la empresa al no estar acto me puede despedir con un despido procedente después de 12 años trabajando

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O sea, a ver si me entero, estas dado de alta pero en cambio no estas trabajando.
Si estoy trabajando pero en la empresa me aconsejan de que pida la baja por la seguridad social
Es que a lo mejor no te entiendo. Que problema hay, ves al medico de cabecera y que te de la baja
Es que es accidente de trabajo y al ser por la seguridad social cobraría menos dinero de baja
Pues que te haga un informe el medico de cabecera y se lo llevas a la mutua.
Perdona que te siga molestando, pero ya he ido a la mutua con un certificado medico de riesgos laborales donde dice que no estoy apto para seguir trabajando en mi puesto de trabajo y que deben tramitarme una incapacidad. La mutua me contesta que no es problema de ellos es problema de la empresa.
Lo que esta claro es que no puedes trabajar en tu puesto de trabajo y tu empresa no puede ofrecerte otra cosa, por lo tanto, por ley la mutua tiene que seguir pagándote la baja hasta que llegue la visita con el EVI (tribunal medico).
Cuando llegue este día, ya pasaras a manos de la seguridad social. Y te obligaran a hacer posibles tres cosas.
1.- Que el EVI estime que puedes estar a -25º sin peligro ninguno, por lo cual te darán el alta y... a trabajar.
2.- Que no estén seguro de como estas físicamente y te den una prorroga de 6 meses, los cuales te los pagara la seguridad social.
3.- Que te den la invalidez, que puede ser parcial o total
La visita con el EVI lo deberías tener al año de comenzar la baja aproximadamente.

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