¿Qué me puedo esperar de la mutua tras 16 meses de baja por accidente?

Esta pregunta esta relacionada con otra que te hice, creo el 17 de febrero, de la que me serviste de mucha ayuda, y ahora ha habido nuevos acontecimientos, espero resumírtelo en lo más esencial, tu veras si necesitas más aclaraciones.

16 meses de baja, y actualmente sigo en ello,. Tras dos reclamaciones al INSS, por cambio de contingencias., la mutua no lo aceptaba como accidente considerando que era enfermedad,(como siempre), las dos ganadas, resuelta por el EVI como accidente, responsabilidad de la mutua,(montañesa, para ser más precisos).

Ahora toca resolver, la mutua me precisa los informes de la Seguridad Social,(ya que es la que me ha llevado el tratamiento). En estos informes, espero, por lo hablado con rehabilitador y neurocirujano, que vengan en esta linea. No se recomienda operación, y evitar carga de pesos.

Uno de mis miedos anteriores, si me podían obligar a una operación(esa fue el motivo de la otra consulta que te hice)

Ahora lo que me inquieta, es la actuación que me puedo esperar de la Mutua, no se recomienda operación,(y si se me realizará yo no podría trabajar en mi actual profesión) si no me operaras tampoco puedo realizarla, puesto que he demostrado que no la puedo hacer, y mi profesión comprende cargas de pesos, de las cuales, me recomiendan evitarlos.

Podría solicitar un cambio de puesto de trabajo,(perdería dinero, y no es mi intención, ademas de no saber si lo iba poder realizar), mi objetivo es una incapacidad permanente total para mi trabajo, creo que es lo que procede, ademas de creer que me ajusto al concepto.

¿Qué es lo habitual en este tipo de situaciones? ¿Puedo esperar que solicite la mutua una incapacidad? Y aquí es donde ando perdido, si solicitan una incapacidad, les vendría en su contra, pues yo entiendo que ellos sería los responsables de esa supuesta pensión.

Que me puedo esperar de esta buena gente

Sin más un saludo y gracias por adelantado, espero haberme explicado bien y lamento no poder resumírtelo más.

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Si la resolución del EVI es favorable a la determinación de contingencias, la mutua tiene que catar la decisión adoptada por el EVI ya que es un organismo dependiente del INSS que es la entidad gestora de la seguridad social mientras que las mutuas son entidades colaboradoras que tienen que acatar las resoluciones del INSS.. Por lo tanto cualquier decisión de la mutua con la que no estés de acuerdo la puedes recurrir ante la dirección provincial del INSS en primer instancia, y si la resolución del INSS te es desfavorable, puedes recurrir la resolución del INSS en juzgado de lo socia, de forma que en caso de desacuerdo con la mutua o con el INSS, la ultima palabra siempre la tienes. Así que tu no tienes por que pedir ningún cambio de puesto de trabajo, si no que lo que tienes que hacer es hablar con el, o los los médic que te estén tratando para que te propongan para la incapacidad permanente en el grado mas elevado que sea posible según tu estado de salud y la evolución del mismo que puede ser la total o absoluta eso ya es cosa de la valoración que hagan los componentes del EVI de los informas médicos y de tu estado de salud actual y el de su posterior evolución y evaluación la hace el equipo de valoración de incapacidad dependiente del INSS.. Pero si por cualquier circunstancia lo que tu no quieres es aceptar una incapacidad permanente a propuesta de la mutua, na te pueden obligar a que aceptes la incapacidad, pero al agotarse el tiempo máximo establecido para la incapacidad temporal te podrían dar el alta medica por haber agotado el tiempo máximo establecido para la IT que es de 12 meses mas dos prorrogas de 6 meses cada una, siempre que dentro de ellas se prevea una mejoría manifiesta..

buenas josbian,quizás no me he explicado bien.

el proceso es el siguiente, acudí en la primera baja a la mutua,ellos no me la reconocen como enfermedad,yo la reclamo y se me cambia la contingencia por resolución a accidente,esta baja duro 9 meses.La mutua me atiende,me repiten las pruebas que la seguridad social me había realizado,ellos reconocen mi lesión,pero me mandan a trabajar.

vuelvo a trabajar, al primer día de trabajo,vuelvo a recaer,no me la reconocen como enfermedad y vuelta a reclamar al INSS,vuelvo a ganar y se me declara también como accidente.en este proceso es en el que estoy.este lleva durando hasta ahora otros 7 meses.

Resumen 16 meses de baja,interrumpida por un día de trabajo entre el proceso, sigo de baja.

Ahora la mutua me manda una carta,informando que se van a hacer cargo de mi baja,(hace dos semanas)me solicita informes médicos actualizados, como todavía estaba pendiente de citas médicas de la seguridad social,(estas las he tenido esta semana), yo en estas citas le informo, tanto al rehabilitador como al neurocirujano , de que este proceso le va a llevar la mutua, y ellos me solicitan informes.

Desde aquí empiezan las preguntas, yo hasta el momento el informe que tengo es el del rehabilitador, me queda de recibir el del neurocirujano, pero los informe llevan la siguiente linea, no se recomienda operación y evitar cargas de pesos.

Entonces yo ahora, tendré una cita con la mutua,me imagino que esperen a recibir los informes del neurocirujano.

Y aquí empiezo, mi trabajo por mis tareas y por mi evaluación de riesgos que ya contemplaban esta lesión, es lo contrario a lo que me recomiendan los médicos de la seguridad social, la mutua ahora se va a encontrar que tendrá que tomar una decisión,el tratamiento esta acabado puesto que la seguridad social no recomienda intervención, pero la lesión sigue estando ahí,y yo he obtenido mejoría y cambios cuando no trabajo,pero cuando empiezo a trabajar empeoro y no puedo realizar mi trabajo.

De esto es por lo que mi objetivo es una IPT,puesto que creo que me ajusto a este concepto.

y esta es mi pregunta que es lo habitual que haga la mutua en estos casos, puesto que si me mandan a trabajar,y vuelvo a mi puesto de trabajo, volveremos otra vez a lo mismo,y yo creo que lo que procedería es que la mutua solicitaría una IPT,pero si ellos la solicitasen no son ellos los que tendrían que pagar esa supuesta pensión.creo que esto es así,no se si estoy en lo correcto,entonces si esto es así les perjudicaría a ellos.

Es que de esta gente yo ya me lo espero todo,vamos una emboscada, como en las películas de los indios y los vaqueros, porque, por no alargarme no te he contado las conversaciones que tuve en mi anterior consulta con la mutua.(patético,y de sinverguenzas)

Sin más, ya me siento agradecido por haberme contestado y encima con que rapidez,me alegra no haberme confundido contigo, como ya te dije ya me resolviste otra consulta,referente a si me podrían obligar a operarme,dentro de este proceso,contestes o no gracias por tu tiempo.

Saludos

Como ya sabrás de sobra, las mutuas COMO ENTIDADES PRIVADAS, lo único que les interesa es la obtención del mayor volumen de beneficios posible y para ello no tienen escrúpulos a la hora de dar el alta medica a sus pacientes para reducir la duración de las bajas y así reducir el pago de las prestaciones y ahorrarse la mayor cantidad de dinero posible.. Pero las mutuas no pueden dar el alta medica, lo que si pueden hacer es proponer el alta medica al INSS y el INSS es quien tiene la ultima palabra y acepta o rechaza la propuesta del alta medica, por eso siempre que se de un alta medica a propuesta de la mutua esta se tiene que recurrir ante la inspección medica, la dirección provincial del INSS y la propia mutua, y si ninguna de las tres instancias resuelve a favor del recurso, se tiene que acudir a la vía judicial, para que sea un juez quien decida si el alta medica esta o no justificado, para lo que contara ademas de con los informes médicos, con el asesoramiento de uno o varios peritos médicos del juzgado.. Por lo tanto, tu no tienes que esperar a que sea la mutua quien te proponga para la incapacidad permanente total, si no que la propuesta la puedes presentar tu mismo, dirigiéndote a la dirección provincial del INSS mas concretamente a la tesorería provincial allí solicitas información para presentar la solicitud de IPT, y te harán entrega de los impresos que necesitas rellenar para presentar la solicitud de IPT, y allí mismo te dirán como tienes que cumplimentar los impresos de la solicitud incluso te la pueden rellenar alguno de sus empleados.. Otra cosa, quien haga las pensiones de incapacidad permanente no es la mutua si no la tesorería del INSS, las mutuas se hacen cargo de las prestaciones por incapacidad temporal de los trabajadores de las empresas que tienen con ellas, concertadas las prestaciones por IT.. Por lo tanto si te dan el alta medica, en cuanto te sientas un poco pero vuelvas a coger la baja y solicitas la incapacidad permanente alegando que no puedes continuar trabajando en tu profesión porque en cuanto inicias la actividad laboral sufres un empeoramiento que puede poner en riesgo tu salud y si a los tres meses no te responden lo que se considera como una negativa por silencio administrativo, o te responden rechazando la IPT, te pones en contacto con un abogado especialista en temas de la seguridad social, le expones tu situación con la mutua y la seguridad social que es quien tiene que aceptar la propuesta de IPT para que inicie los tramites que considere necesario para demandar a la mutua al INSS y a quien haga falta.. Es lo único que te puedo aconsejar, porque lo de las mutuas es para echarse a temblar y como no se las meta mano hacen de su capa un sallo.. Un saludo y buena suerte..

http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/PrestacionesPension10935/Incapacidadpermanen10960/RegimenGeneral/Concepto/index.htm

buenas josbian,mira mi intención es en el momento que sepa la postura que tenga la mutua ahora,pedir una incapacidad,ya hombre llevándolo un abogado,por que hasta ahora ,como sabes ha sido un proceso administrativo.Y tampoco quería a la primera pedir una IPT, vamos a decir que lo estoy es madurandolo,y como ahora espero que los informes que me vengan vallan en la linea que te comente,ahora es cuando tienen ellos la pelota en su tejado¿y ahora que hacemos?.

Pero yo había escuchado dos versiones, que si a la mutua les da igual pedir una incapacidad,puesto que así se quitan una papeleta conmigo,claro esta opción les vendría bien si no son ellos los que tendrían que pagar mi pensión.

y la otra que ellos son los que tienen que aportar el capital coste de la pensión a la seguridad social, y luego esta es con lo que me paga la seguridad social.

y es por eso las preguntas que postura tomarán estos tíos, que es lo habitual y como sabes la que mejor les valla para sus intereses.

Mira muchas gracias de nuevo por tu tiempo, si en un plazo de tiempo, no me contestes finalizare la pregunta, con exito,ya no quiero abusar más de tu tiempo.

Saludos

Si lo que quieres es esperar a la decisión que pueda adoptar la mutua sobre la solicitud de incapacidad permanente, tienes que saber que por supuesto que a la mutua la viene mejor solicitar la IPT, porque si te la concedieran dejarían de tener un paciente menos a quien pagar la IT, porque la pensión por incapacidad permanente en cualquiera de sus grados quien la paga es la tesorería del INSS no la mutua.. Pero tienes que tener en cuenta que quien resuelve a favor o en contra de la solicitud de IPT es el equipo se valoración de incapacidad que es un organismo publico dependiente del INSS, por lo que la palabra la tiene el INSS y no, la mutua por eso es muy importante que los informes médicos sean lo mas favorables posibles a la declaración de la IPT.. Por otra parte no se quien te a dicho o donde as escuchado dos versiones diferentes sobre quien recae la obligación de pagar la pensión de IPT porque la realidad es que quien paga las pensiones por incapacidad permanente en cualquiera de sus graduaciones es la tesorería del INSS o el Instituto Social de la marina que aunque es un organismo de la seguridad tiene su propia normativa que es independiente de la normativa del RGSS... Por lo tanto las mutuas no tienen que anticipar ninguna cantidad de dinero ya que cuando se declara una iP del grado que sea quien paga la pensión correspondiente desde el mes siguiente al del echo causante es la tesorería del INSS o el ISM que es el organismo de la seguridad social, que tiene la responsabilidad sobre las Pensiones de los trabajadores relacionados con la mar,, Un saludo y buena suerte..

http://www.laguiasocial.com/index.php/empleo-y-seguridad-social/prestaciones-contributivas/pensiones/109-abono-de-las-pensiones

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