Contingencia por dictamen EVI. ¿Dar el alta sin curar?
En febrero de 2008 sufrí un accidente en el hombro que la mutua de trabajo no quiso aceptar como tal, alegando artrosis.
Con una ecografía y la valoración de una exploración medica hecha por inspección de la Seguridad Social, hice un cambio de contingencias.
El EVI (equipo de valoración de incapacidades) dictamino que mi incapacidad era de carácter profesional y se debía a la contingencia de accidente de trabajo.
La mutua de trabajo ha aceptado el dictamen y ha hecho una resonancia del hombro, pero ahora quiere darme el alta por qué dice que ya no ven secuelas de dicho accidente, aunque reconocen, eso sí, que no estoy en situación de realizar mi trabajo habitual debido al mal estado del hombro.
Según el traumatólogo de la mutua, tendrían que ponerme una prótesis en el hombro, cosa poco recomendable, pues quizás quedara peor en cuanto a movilidad de como me encuentro actualmente y que si el dolor es esporádico y no cosntante, y además puedo mantener cierta calidad de vida en ese estado, lo mejor sería pasar un tribunal, pero eso sí, no por el accidente que como he dicho, dicen no ver secuelas, si no por artrosis degenerativa, o sea por la Seguridad Social.
Como usted puede ver, no creo que puedan darme el alta por curación ni siquiera por mejoría, pues, en ningún momento han tratado mi lesión ni me han suministrado rehabilitación alguna.
Es por eso que hasta el momento actual no he recuperado la fuerza y ni la movilidad de la cual disfrutaba antes del accidente.,(llevo algunos días más de 11 meses de baja, 1º por la Seguridad Social y cuando vino el dictamen del EVI. Por la mutua desde el primer día del accidente de trabajo )
He ido al medico de cabecera y le he contado todo esto. Me ha dicho que no pueden actuar así, pero si la mutua me da el alta, él no podría darme el parte de baja por ese hombro, pues para él es problema de la mutua. Yo tengo entendido, no solo que puede, sino que debe darme el parte de baja, su negativa a hacerlo podría llevarme a una situación de desprotección que como beneficiario de la Seguridad Social no puede ocurrir, pues es contrario a los principios de dicha Seguridad Social.
Por lo tanto. ¿Puede darme de alta la Mutua si no estoy curado?
y si es así, ¿Puede el medico de cabecera negarse a extenderme el parte de baja?
En tal caso ¿qué debo hacer? Pues creo que si no estoy de baja no puedo pedir un nuevo cambio de contingencias para que el EVI revise la situación actual del caso. ¿Estoy en lo cierto?
Espero pueda darme una respuesta a todas mis dudas y preguntas y quiero agradecerle de antemano el tiempo y el esfuerzo que pueda dedicar a mi asunto. MUCHAS GRACIAS.
Con una ecografía y la valoración de una exploración medica hecha por inspección de la Seguridad Social, hice un cambio de contingencias.
El EVI (equipo de valoración de incapacidades) dictamino que mi incapacidad era de carácter profesional y se debía a la contingencia de accidente de trabajo.
La mutua de trabajo ha aceptado el dictamen y ha hecho una resonancia del hombro, pero ahora quiere darme el alta por qué dice que ya no ven secuelas de dicho accidente, aunque reconocen, eso sí, que no estoy en situación de realizar mi trabajo habitual debido al mal estado del hombro.
Según el traumatólogo de la mutua, tendrían que ponerme una prótesis en el hombro, cosa poco recomendable, pues quizás quedara peor en cuanto a movilidad de como me encuentro actualmente y que si el dolor es esporádico y no cosntante, y además puedo mantener cierta calidad de vida en ese estado, lo mejor sería pasar un tribunal, pero eso sí, no por el accidente que como he dicho, dicen no ver secuelas, si no por artrosis degenerativa, o sea por la Seguridad Social.
Como usted puede ver, no creo que puedan darme el alta por curación ni siquiera por mejoría, pues, en ningún momento han tratado mi lesión ni me han suministrado rehabilitación alguna.
Es por eso que hasta el momento actual no he recuperado la fuerza y ni la movilidad de la cual disfrutaba antes del accidente.,(llevo algunos días más de 11 meses de baja, 1º por la Seguridad Social y cuando vino el dictamen del EVI. Por la mutua desde el primer día del accidente de trabajo )
He ido al medico de cabecera y le he contado todo esto. Me ha dicho que no pueden actuar así, pero si la mutua me da el alta, él no podría darme el parte de baja por ese hombro, pues para él es problema de la mutua. Yo tengo entendido, no solo que puede, sino que debe darme el parte de baja, su negativa a hacerlo podría llevarme a una situación de desprotección que como beneficiario de la Seguridad Social no puede ocurrir, pues es contrario a los principios de dicha Seguridad Social.
Por lo tanto. ¿Puede darme de alta la Mutua si no estoy curado?
y si es así, ¿Puede el medico de cabecera negarse a extenderme el parte de baja?
En tal caso ¿qué debo hacer? Pues creo que si no estoy de baja no puedo pedir un nuevo cambio de contingencias para que el EVI revise la situación actual del caso. ¿Estoy en lo cierto?
Espero pueda darme una respuesta a todas mis dudas y preguntas y quiero agradecerle de antemano el tiempo y el esfuerzo que pueda dedicar a mi asunto. MUCHAS GRACIAS.
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2 Respuestas
Respuesta de humberto1981
1
Respuesta de bergenz
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