Despido discipinario

Buenas. Medespiden porquedicen que me dieron dinero para pagar unas facturas en el año 2005-6 y7 y no las he pagado.eldespido es con fecha 25-10-2009. Lo pueden hacer.
Gracias
Respuesta
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El plazo para imponer la sanción de despido por faltas muy graves es de 60 días desde la fecha en que la empresa tuvo conocimientote comisión y, en todo caso a los seis meses de haberse cometido. Es un plazo de prescripción y su cómputo se inicia a partir de la comisión del último de los hechos, si la falta la es constituida por varios; cuando el trabajador cese en la conducta infractora, si la falta es continuada; y cuando la empresa tiene un conocimiento cabal, pleno y exacto de los hechos, si la transgresión de la buena fe contractual o abuso de confianza se ha producido de manera fraudulentao con ocultación y eludiendo los posibles controles del empresario.
Por tanto entiendo que puesto que han pasado más de meses ha prescrito el derecho de la empresa ha ejercer despido disciplinario.
Póngase en contacro con UGT o C.C.O.O. y emprenda acciones judiciales con el asesoramiento de los sindicatos. Tiene las de ganar.

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