Excedencia voluntaria

Buenas tardes,
No se muy bien si esta pregunta pertenece al derecho laboral o a recursos humanos, se la expongo por si puede ayudarme. Mi novio quiere pedir una excedencia voluntaria de 6 meses para irse a estudiar fuera de España. Lleva en la empresa casi dos años y su contrato es de fin de obra. Me gustaría saber si con este tipo de contrato puede pedir la excedencia y tiene derecho a que se la concedan. Tengo entendido que deben concedértela a no ser que halla otra persona en tu empresa de excedencia. También me gustaría saber con cuanto tiempo de antelación tiene que solicitarla y que pasaría si no se cumple ese tiempo de antelación, ¿tendrían derecho a denegarsela?
Muchas gracias de antemano.

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Si puede solicitar la excedencia voluntaria tal como establece el art. 46.2 del Estatuto de los trabajadores por un plazo no inferior a 4 meses ni superior a 5 años. Los principales problemas son que la situación de excedencia sólo da lugar a la expectativa de reingreso preferente con ocasión de vacante, lo que quiere decir que mientras dicha vacante de la misma categoría o grupo profesional no surja, la empresa no tiene la obligación de reincorporar al trabajador y que en caso de que la obra o servicio se acabara antes de que surja dicha vacante se podría extinguir el contrato sin que llegue a reincorporarse el trabajador. En cuanto al plazo para solicitarlo habría que estar a lo que establezca el Convenio de aplicación de tu novio. También es importante que tu novio solicite la reincorporación a la empresa con anterioridad a la finalización de la excedencia y respetando los plazos de preaviso que en su caso pudiera establecer su Convenio de aplicación.
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Muchas gracias por su respuesta, ha sido muy completa y me ha quedado todo muy claro.
Pero quería preguntarle una ultima cosa, en caso de que cuando se termine la excedencia no halla ningún puesto vacante, y por lo tanto, no te devuelvan tu puesto de trabajo. ¿Tendría derecho a cobrar el paro mientras tanto? ¿O al haber sido una excedencia voluntaria no tienes derecho a la prestación por desempleo?
Muchas gracias de antemano por su ayuda,
Como se va para estudiar no tendría derecho, pues faltaría la situación legal de desempleo, distinto es el caso de aquella persona que se va a trabajar a otra empresa durante la excedencia y la finalización de su relación con dicha empresa constituye situación legal de desempleo (despido, finalización de contrato, etc.). En este último caso y siempre que solicite la reincorporación y no se le conceda podría solicitar la prestación de desempleo.

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