It, maternidad, vacaciones, y otros..
Hola,
Nuestro convenio dice:
Las vacaciones de verano anuales para todos los trabajadores/as serán de 30 días naturales.
El personal que disfrute de las vacaciones fuera del periodo indicado, por necesidades de la empresa y de común acuerdo con el trabajador/a, tiene derecho a un complemento de cinco días laborables sobre los señalados.
Por otra parte existirán 15 días laborables, con carácter de permiso retribuido, a lo largo de todo el año, de los cuales se hace referencia en el artículo 19 de este convenio.
Y el artículo 19:
Los quince días laborables retribuidos a los que se hace referencia en el artículo 17 anterior, si afectan a toda la plantilla, serán fijados por cada centro de acuerdo con los representantes de los trabajadores/as y, si no los hubiera, de forma individual con cada trabajador/a siempre respetando la jornada máxima fijada por este convenio para cada categoría.
Siempre cerramos en agosto y de los 15 días de permiso, se reparten en navidad (ceramos 15 días) semana santa (cerramos 10 días) y puentes.
En mayo me dieron it por amenaza de aborto y así he estado todo el embarazo y todo el año, hasta que en enero tuve el bebé.
¿Por lo que me ha parecido leer en el foro puedo reclamar las vacaciones de agosto? ¿Y los días de navidad?
Ahora la semana santa estaré de baja maternal, ¿puedo reclamar los 10 días?
En caso afirmativo, ¿qué ley o artículo regula esto?
¿Cuál es el orden de las solicitudes? Lactancia, ¿vacaciones y luego la reducciçon?
Muchas gracias
Nuestro convenio dice:
Las vacaciones de verano anuales para todos los trabajadores/as serán de 30 días naturales.
El personal que disfrute de las vacaciones fuera del periodo indicado, por necesidades de la empresa y de común acuerdo con el trabajador/a, tiene derecho a un complemento de cinco días laborables sobre los señalados.
Por otra parte existirán 15 días laborables, con carácter de permiso retribuido, a lo largo de todo el año, de los cuales se hace referencia en el artículo 19 de este convenio.
Y el artículo 19:
Los quince días laborables retribuidos a los que se hace referencia en el artículo 17 anterior, si afectan a toda la plantilla, serán fijados por cada centro de acuerdo con los representantes de los trabajadores/as y, si no los hubiera, de forma individual con cada trabajador/a siempre respetando la jornada máxima fijada por este convenio para cada categoría.
Siempre cerramos en agosto y de los 15 días de permiso, se reparten en navidad (ceramos 15 días) semana santa (cerramos 10 días) y puentes.
En mayo me dieron it por amenaza de aborto y así he estado todo el embarazo y todo el año, hasta que en enero tuve el bebé.
¿Por lo que me ha parecido leer en el foro puedo reclamar las vacaciones de agosto? ¿Y los días de navidad?
Ahora la semana santa estaré de baja maternal, ¿puedo reclamar los 10 días?
En caso afirmativo, ¿qué ley o artículo regula esto?
¿Cuál es el orden de las solicitudes? Lactancia, ¿vacaciones y luego la reducciçon?
Muchas gracias
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Respuesta de manu2403
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