Paro después de ERE reducción de jornada.

Seré breve:
Mi empresa quiere implantar un ERE reducción de jornada de 1/3 durante un año. Teniendo en cuenta que la empresa seguirá cotizando por mí durante ese año al 100%, es decir como si trabajara la jornada completa, tengo una duda con el paro. Si yo no tengo los dos años máximos acumulados de prestación, ¿qué sucede? Supongamos:
Si tengo acumulados 8 meses de paro, al finalizar el año de ERE he consumido 4, el estado me devuelve esos 4, pero ¿qué sucede con el propio año del ERE en el que también he estado cotizando?
Es decir, al finalizar el año ¿seguiría teniendo 8 o tendría 12 (los 4 consumidos, los 4 devueltos y los 4 del año trabajado) que debiera tener?

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Cuando entras en un ERE, pasan dos cosas, que te pueden despedir cuando la empresa quiera por 15 días al año y que si estás aunque sea solo 1 hora en el ERE, te descontaran las 8 horas.
¿Comoooo? ¿Te pueden despedir por 15 dias/año? eso no lo sabía... tenía entendido que eran 20.
En cuanto a lo del paro que me has aclarado ya lo sabía, pero van a reunir las horas de trabajo de forma que se agrupen lo máximo posible, es decir que durante el año vendríamos a gastar 120 días de paro, o eso es lo que dicen.
Gastaríamos el 33% del 70% que nos correspondiera los 180 primeros días, y el 33% del 60% hasta la finalización.
Lo que no me queda claro es lo otro, lo que te comentaba, si yo tengo acumulados 8 meses de prestación, gasto 4 (los 120 días) que luego se me devuelven, y al finalizar el ERE hay una extinción de contrato, debería de tener los 8 que ya tenía más los 4 que he cotizado durante el período del ERE. ¿Es así o me hacen el lío?
Y ya me aprovecho de ti: ¿Tiene alguna validez legal el hecho de que la empresa firme que se compromete a no despedir a nadie durante la duración del ERE, o si argumenta causas justificadas no tiene ningún valor? ¿Estás seguro de los de los 15 días?, me has dejado plana...
Muchas gracias por tu tiempo.
Bonita foto.
Perdona mi error son 20 días.
  Lo de que la empresa, se comprometa durante el ERE, a no despedir a nadie, no es del todo real, pueden alegar unas causas que lo justifican y si echan, aunque te darán 45 días /año, para que no alborotes.

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