Tienes que ver tu convenio a ver si dice si las vacaciones son por día natural o por días hábiles. Si no dice nada son naturales.
Si son naturales entonces sí que pueden empezar las vacaciones cualquier día, incluyendo el día que te toque el descanso semanal. Pero tanto las vacaciones como los días de descanso son derechos irrenunciables, que no se pierden, por lo que si el día POR es de vacaciones, entonces te deben un día de descanso, con lo que al final estamos en las mismas.
Un ejemplo, trabajas de lunes a viernes y libras fin de semana. Tu empresa, que son muy listos, te dien que tus vacaciones de 1 semana empiezan el sábado, no el lunes, son lo que gastas 9 días. Estupendo, pues entonces te deben los dos días libres que has generado por trabajar de lunes a viernes anterior. Es decir
un día puede ser de trabajo, de baja, de asuntos propios, de vacaciones o de descanso, pero no puede ser nunca dos o más cosas a la vez.
Además, La empresa no es quién para asignarte las vacaciones de forma unilateral. El Estatuto de los Trabajadores da derecho al empleado a conocerlas con 2 meses de antelación. Eso quiere decir que si la empresa te comunica unas vacaciones obligadas con antelación menor a 2 meses sería nulo. Si lo impugnaras en el juzgado de lo social (hay un procedimiento gratuito, preferente y sin abogado) lo ganarías y si ya hubieras "disfrutado" de las vacaciones las anularían igualmente y volverías a tenerlas, sin necesidad de recuperar los otros días que tuviste. Ojo que el derecho a conocerlas con 2 meses no obliga al empleado a solicitarlas en la empresa con 2 meses cuando sea él quien voluntariamente quiere vacaciones para un determinado período, pero si quieres conseguir por demanda la fecha que quieres sí que es necesario ponerla con 2 meses de antelación. Puedes demandar de forma que no te costaría nada, ganes o pierdas. Lee este artículo sobre
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