Despedido improcedentemente estando de baja

Buenas, tardes, hoy me han despedido improcedentemente (reconocido por la empresa) mediante una carta burofax que me ha llegado a mi domicilio. Me dan 45 días por año trabajado, lo cual es correcto. Pero estoy de baja y no he disfrutado mis vacaciones.
¿Pueden despedirme estando de baja?
¿Comienzo a cobrar el paro mientre este de baja?
¿Deben pagarme a parte de la indemnización el finiquito?.
Gracias

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Pueden hacerlo perfectamente (xxxxxx). Tal y como establece la jurisprudencia de nuestros tribunales, el despido estando de baja no es un despido nulo, sino improcedente por falta de causa, con lo que la empresa podría perfectamente despedir. Lo que tienes que tener en cuenta son varias cosas: primero revisar la indemnización para que este perfectamente; segundo revisar la liquidación (finiquito) para que sea correcta;tercero que la empresa te ofrezca la indemnización y en caso de que no la aceptes la consigne, en un plazo inferior a 48 horas en el juzgado, comunicándote posteriormente dicha consignación, puesto que si no se hace así tendría que pagarte salarios de tramitación y por último desde el despido tu baja la pagaría directamente el INSS o la Mutua de A.T y E.P., dependiendo del tipo de contingencia y una vez que se acabe la baja empezarías a cobrar el paro (el tiempo de baja se descontaría del paro si la baja es por Contingencias Comunes).
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